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Un informe del secretario rechaza que existan beneficios urbanísticos con el cambio de lindes

El fedatario municipal indica que los terrenos que actualmente tienen una calificación la mantendrán cuando se resuelva el expediente de alteración sea cual sea el resultado

MÓNICA PÉREZ

Jueves, 12 de febrero 2015, 00:14

No puede haber ningún beneficiario entre los afectados por el cambio de lindes entre Marbella y Benahavís, sea cual sea el resultado del expediente que se está tramitando. Es una de las principales conclusiones del informe emitido por el secretario del Ayuntamiento de Marbella, documento que sirve de base a la desestimación de la totalidad de los recursos presentados por los grupos de la oposición. En palabras del portavoz municipal, Félix Romero, el informe «pone negro sobre blanco la realidad que hemos repetido una y mil veces de esta estéril polémica sobre los linderos», espetó ayer durante la presentación del informe que irá mañana a pleno extraordinario.

El fedatario público indica que la modificación de lindes planteada no conllevará un cambio en la calificación urbanística de los terrenos afectados. «Los particulares de buena fe que a lo largo de este tiempo hayan realizado actos de edificación y desarrollo urbanístico en aquella zona, han patrimonizado a estas fechas sus aprovechamientos y derechos urbanísticos (...) todos los titulares de esas zonas gozan de toda la protección del ordenamiento urbanístico vigente», indica el informe, que continúa afirmando que a los terrenos en cuestión, pertenezcan a Marbella o a Benahavís, «se les otorgaría en la resolución del expediente de alteración o en la modificación del plan respectivo, un tratamiento urbanístico igual al que ahora disfrutan. Y sería por vía de reconocimiento y respeto con su actual situación jurídica. La anterior reflexión indica que los terrenos que actualmente tienen una calificación seguirán teniéndola cuando se resuelva el expediente de alteración, sea cual sea el resultado del mismo».

Con el documento en la mano, el portavoz municipal acusó una vez más a los partidos en la oposición municipal de mentir. Los grupos han venido denunciado los «intereses particulares» de la propia alcaldesa Ángeles Muñoz y familiares y han reiterado que, con el cambio de lindes, algunas de sus propiedades lograrían un cambio de calificación que transformaría los suelos en urbanizables. El informe del secretario municipal afirma que eso no sería posible. «Mantener la afirmación contraria es un argumento falaz que induce a error y que hemos de descartar por carecer de lógica y fundamentos jurídicos», indicó Félix Romero en su lectura del informe.

El voto de la alcaldesa

El documento del secretario municipal avala igualmente el voto de la alcaldesa en el pleno de noviembre a favor del punto sobre la alteración del término municipal. En este sentido, recoge por escrito lo ya aprobado en la sesión plenaria anterior. «El mero hecho de ser propietario de una porción de terreno dentro del ámbito de una determinada actuación de alteración de términos municipales no debe impedir a un munícipe el derecho al voto».

Con estos argumentos el equipo de gobierno rechaza la recusación planteada por IU y OSP, recursos que según el portavoz municipal se plantearon además fuera de plazo. «Los recurrentes no demuestran de manera convincente la existencia de un interés directo de la alcaldesa en la emisión de su voto al no derivar ventaja ni perjuicio alguno a consecuencia del mismo. Tampoco acreditan que las propiedades afectadas tengan relevancia o importancia en relación con el expediente autonómico en curso, y sin que sea asumible finalmente la presunción de que el expediente desclasificará o descalificará terrenos cuya situación urbanística goza de protección por las administraciones locales afectadas y por la Junta», recoge el documento.

El portavoz municipal insistió en que la polémica en torno a la modificación de las lindes -caso que ha derivado en la creación de un movimiento ciudadano en contra de la medida- es «absolutamente estéril». Romero incidió en que el acuerdo de pleno «no tiene fuerza dispositiva», sino que forma parte, entre otros muchos informes, de un expediente que tramita la Junta, administración que inició de oficio el procedimiento por un dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía».

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