Facultad de Derecho de la Universidad de Granada. SUR

Los universitarios malagueños que estudian en ciudades con cierre perimetral podrán regresar a casa

Como sucedió durante el confinamiento, el desplazamiento al domicilio familiar es una de las causas justificadas de movilidad en el estado de alarma

Martes, 27 de octubre 2020, 13:46

Miles de jóvenes universitarios se están viendo afectados por el estado de alarma y cierre perimetral de las ciudades en las que se encuentra. Cada ... día son más las autonomías que adoptan medidas más severas respecto a la restricción del movimiento de los ciudadanos, una vez aprobada por el Gobierno la declaración del estado de alarma. Aragón, Asturias, Euskadi, Navarra y La Rioja ya han cerrado las capitales. Madrid estudia tomar esta medida. Y la ciudad de Granada está cerrada desde este lunes. Además el presidente de la Junta, Juanma Moreno, ha anticipado que, tal y como están los datos actualmente, Andalucía se cerraría durante el Puente de Todos los Santos.

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Solo en la Universidad de Granada estudian 3.445 jóvenes malagueños. Tras los propios granadinos y los que llegan de Jaén, los malagueños son la tercera comunidad más numerosa en la Universidad de Granada.

Como sucedió en el anterior estado de alarma y confinamiento general, los estudiantes pueden regresar a su domicilio familiar, ya que es uno de los supuestos contemplados para la autorización de movilidad. En el caso de esta universidad, los interesados justificarán su desplazamiento acreditando su condición de estudiante de la Universidad de Granada con el resguardo oficial de matrícula en el curso académico 2020/2021, que tiene disponible a través de la web. De la misma forma, podrían hacerlo si estudian fuera de universidades andaluzas.

Además de la citada excepción otros de los motivos que justificarían el desplazamiento según el BOE serían os siguientes:

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

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- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

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- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

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