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Una imagen tomada durante el estado de alarma en el Mercado Central. Salvador Salas
¿Cómo y dónde conseguir las ayudas si mi economía se ha visto mermada por el Covid-19?

¿Cómo y dónde conseguir las ayudas si mi economía se ha visto mermada por el Covid-19?

Los sindicatos advierten de que la avalancha de decretos desconcierta y el desconocimiento está llevando a muchos afectados a la «desesperación»

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Miércoles, 1 de abril 2020, 16:38

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El coronavirus y el estado de alarma ha abocado a muchos españoles a una crisis existencial. Empresas están obligadas a cerrar. Autónomos ven como sus ingresos han desaparecido de un día para otro. El Gobierno ha tomado una serie de medidas para evitar que la crisis sanitaria dé paso a una crisis social que puede ser aún más severa. En los últimos días, el Consejo de Ministros ha aprobado varios decretos para evitar que «nadie se quede atrás». En la práctica, sin embargo, la avalancha de información y de números está provocando que los afectados no sepan a dónde acudir o cuáles son los pasos que deben dar para solicitar las ayudas que les corresponden en su caso concreto.

Dolores Calvillo de CCOO Málaga asegura que los teléfonos del sindicato no están un minuto sin sonar. «La confusión es grande y muchas personas están desesperadas», señala. ¿Cómo cobrar las ayudas y a dónde debo acudir? Esas son las preguntas que más se plantean en estos momentos. Con el objetivo de ordenador la avalancha de ayudas y decretos, a continuación una guía práctica realizada a través de la información aportada por los sindicatos, los ministerios que intervienen en la creación del llamado «escudo social» y las publicaciones en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Permiso recuperable

La paralización de toda la actividad no esencial decretada por el Gobierno para reforzar las medidas de distanciamiento social mantiene a los trabajadores por cuenta ajena en casa. Seguirán cobrando el sueldo gracias a un permiso retribuido. Los trabajadores afectados no tienen que mover ficha. Eso sí, las horas perdidas en este tiempo se tendrán que recuperar antes de que acabe el 2020. El cómo y el cuándo corresponde a una negociación directa entre la empresa y los propios comités de empresa. Los representantes de los trabajadores informarán a las plantillas.

ERTE

Si me he visto afectado por un ERTE, lo primero que debo hacer es informarme si mi empresa se ha acogido a un ERTE por causa de fuerza mayor vinculada al coronavirus o si acredita otras razones para esta medida, como puede ser por causas económicas y productivas. En el primer caso, la empresa tramitará la baja del trabajador con el SEPE y, automáticamente, se pasará a cobrar el paro. Las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de la empresa se mantienen y el trabajador tendrá derecho a cobrar el 70% de la base reguladora de su salario. Cualquier aportación añadida por parte de la empresa es voluntaria y dependerá de la negociación colectiva. Los ERTE por causa de fuerza mayor decaen cuando se dé por finalizado el estado de alarma. Si la empresa alude a otras causas para justificar el ERTE, este se extenderá en el tiempo fijado en la negociación entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores. En este caso, la revocación del estado de alarma no influye. Es la principal diferencia con el ERTE por causa de fuerza mayor. No obstante, aunque la empresa gestiona los trámites, los incluidos en un ERTE sí tienen que inscribirse como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Ahora mismo, el procedimiento es por vía telemática y con cita previa. El secretario general de CCOO, Fernando Cubillo, recuerda que "es un paso imprescindible para que en un futuro no me puedan pedir que devuelva la prestación". "Cuando pase esta primera avalancha, me imagino que para mayo, se empezará a comprobar que las personas afectadas por un ERTE estén también dadas de alta en el SAE", añade.

Autónomos

Después de cobrar la cuota de marzo, el Gobierno sí ha establecido una moratoria en el pago de las cotizaciones durante los próximos seis meses. Sin embargo, esta moratoria se tendrá que pedir a lo largo del mes de abril y entrará en vigor a partir de mayo. Si no hay otro giro en los criterios establecidos, significa que los autónomos también tendrán que pagar la cuota de abril. El aplazamiento en el pago de las deudas con la Seguridad Social se ha decretado hasta el 30 de junio. Los autónomos deberán ponerse en contacto con sus respectivas mutuas o, en el caso de no contar con este servicio, establecer un cita telemática con el SEPE. Los mismos pasos hay que dar para acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad, el equivalente al paro de los trabajadores asalariados. En este enlace están todas las ayudas detalladas de forma pormenorizada.

Vivienda

Durante la duración del estado de alarma, no se podrán efectuar cortes de suministros de agua, luz o gas en aquellos lugares que constan en sus registros como hogares vulnerables. En todo caso, las principales compañías ya han mostrado su disposición a hacer esto extensible al resto de hogares hasta que se dé por concluida la crisis sanitaria. Las familias o las personas pendientes de renovar el bono social no tienen que hacer nada. Este se renovará automáticamente hasta el 15 de septiembre.

Hipotecas

Los ciudadanos que se queden en desempleo o pierdan la mayor parte de sus ingresos por el coronavirus pueden pedir a su banco un periodo de carencia en el pago de su vivienda. La moratoria sólo se aplica para la vivienda habitual. Los afectados tendrán que realizar la solicitud directamente con su entidad bancaria y la misma se podrá entregar hasta 15 días después de que finalice el estado de alarma. Los bancos tienen que atender las solicitudes en un plazo máximo de 15 días. En todo caso, cabe aclarar que se trata de una moratoria. En ningún caso, es una condonación de las cuotas. En un principio, los beneficiarios tenían que acreditar que cumplen las condiciones a través de un certificado del SEPE en el que se confirma el cobro de prestaciones por inactividad. La moratoria en el pago de la hipoteca es de tres meses. El Gobierno ha agilizado los trámites y, en un principio, ahora basta con la entrega de una declaración responsable. Todos los detalles se pueden consultar pinchando sobre este enlace.

Alquileres

Según lo publicado en el BOE, el Estado pone a disposición de los arrendatarios (el que tiene una casa o piso en alquiler) una línea de microcréditos a interés cero. Se facilitarán a través del ICO (Instituto de Crédito Oficial). Estos créditos se deberán devolver en seis años, aunque, en caso de dificultades, el plazo se podría ampliar hasta los 10 años. En este caso, los afectados deberán ponerse en contacto con el ICO. Si después de la crisis se mantiene un manifiesto estado de vulnerabilidad, el Estado pagará los alquileres de los afectados hasta un máximo de 900 euros, en función de varios baremos. Aunque este punto aún está pendiente de una mayor concreción. En ningún caso, el Gobierno fija un marco que lleve a la condonación del alquiler. La argumentación es simple. Hay muchos arrendadores (el que cede) cuya estabilidad económica depende de estos ingresos.

Empleadas del hogar

Las empleadas del hogar, uno de los colectivos más vulnerables, tendrán derecho a un subsidio han visto perjudicada su capacidad económica por el coronavirus. La cuantía de dicho subsidio será del 70% de la base de cotización y la ayuda tendrá que ser tramitada a través del SEPE. Volvemos a repetir que la gestión se tendrá que realizar por vía telemática o, en el caso de Málaga, llamando a uno de estos dos números: 901 010 210/ 952 997 098. Las afectadas tendrán que presentar un documento en el que el empleador acredite el cese de la relación a causa del estado de alarma. Las diferentes asociaciones ya han advertido de que el decreto deja a numerosos personas fuera, ya que se trata de un sector en el que se se trabaja mucho 'en negro'.

Fijos discontinuos

La figura del trabajador fijo discontinuo tiene relevancia en una provincia tan turística como Málaga. Recibirán las ayudas temporales si las empresas que los tienen contratados para los picos de temporada los incluyen en los ERTE que están presentando a la Inspección de Trabajo. Si ya habían sido llamados a trabajar antes de la entrada en vigor del estado de alarma, deben entrar en estas regulaciones de empleo. El problema está en el caso de los fijos discontinuos que no han sido llamado a trabajar. Fernando Cubillo, secretario general de CCOO en Andalucía, confirma que «todos se están quedando fuera». El Gobierno no ha regulado esta situación. Al menos, de momento. Los fijos discontinuos seguirán cobrando su desempleo, aunque también verán como se van agotando sus prestaciones. En el caso de estar incluido en un ERTE, no se pierde lo computado anteriormente por el trabajador.

Créditos avalados para autónomos y empresas

El Estado garantizará el 80% de los préstamos a autónomos y pymes, Para empresas de mayor tamaño, la cifra se reduce al 70% para nuevos créditos y al 60% si se trata de nuevas líneas de financiación. En este caso, la solicitud se debe cursar a través de la entidad bancaria. En algunos casos, los propios bancos están llamando ya a empresarios para explicarles las diferentes líneas de ayuda. La vigencia de las garantías se extenderá al mismo tiempo de vigencia del propio crédito.

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