La DGT se pone seria en la ciudad
Tráfico afronta el aumento de accidentes y el reto de los vehículos de movilidad personal con una reducción de la velocidad máxima a 30 km/h en muchas calles de Málaga
La Dirección General de Tráfico (DGT), de nuevo bajo la dirección de Pere Navarro, ha vuelto a endurecer las normas, en un cambio ... como el que supuso la entrada en vigor del carné por puntos. Esta vez, Tráfico se ha puesto seria con las ciudades para frenar la escalada de accidentes y de violencia vial. Pero también con el supuesto objetivo de reducir la contaminación atmosférica.
Para ello, el Gobierno ha dado luz verde a la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Además, ha aprobado dos reales decretos por los que se modifican los reglamentos generales de Circulación, de Vehículos y de Conductores.
El principal cambio es que la velocidad máxima en la ciudad bajará. El Área de Movilidad del Ayuntamiento de Málaga ya se había adelantado en ciertos aspectos, como la creación de los carriles 30, limitados para todos los usuarios y con prioridad para bicis y patinetes; así como en diversos capítulos de la nueva Ordenanza de Movilidad, aún en trámites. Ahora, la DGT establece como norma general que en aquellas vías urbanas en las que la calzada y la acera estén a la misma altura habrá que circular a 20 km/h. Y en las de un carril por sentido–que son la mayoría en Málaga– no se podrá ir a más de 30. Como excepción, el consistorio podrán elevar a 50 algunas vías de este tipo cuando su capacidad sea suficiente. En el resto (avenidas, paseos marítimos, etc) con dos o más carriles por sentido se mantendrá el límite genérico de 50.
Estas normas se aplicarán a partir de los seis meses de la publicación de los cambios en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de manera que los municipios puedan adaptar las señales y repintar las marcas viales. Todavía sin salir de este apartado, se eliminará la posibilidad (permitida hasta ahora) de rebasar en 20 km/h el límite en carreteras convencionales para adelantar.
Pérdida de puntos
Otra faceta que se actualiza ahora es el carné por puntos, para endurecer los castigos por conductas que tienen que ver con distracciones 'modernas', como son hablar o manipular el móvil mientras se conduce sin dispositivo de manos libres. Con el cambio, si le pillan perderá nada menos que seis puntos de golpe. Viajar sin utilizar (o llevar mal puesto) el casco, el cinturón o el sistema de retención infantil conllevará la pérdida de cuatro (hasta ahora eran tres). Y el mero hecho de tener a bordo un dispositivo de detección de radares supondrá 500 euros de multa y tres puntos menos.
Polémica con los patinetes
Uno de los apartados que está levantado más controversia es el que tiene que ver con la regulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que han quedado definidos como vehículos y limitados a una velocidad máxima de 25 km/h. Estos podrán tener un sillín en determinadas circunstancias.
Como cualquier otro vehículo a motor, en adelante tendrán prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales. El primer problema viene porque tampoco se les permitirá circular dentro de túneles, ni travesías ni vías interurbanas, aunque estén dentro de poblado. Otro aspecto polémico es que para poder utilizarlo el usuario deberá tener un certificado de circulación adaptado a los requisitos técnicos, de acuerdo a un manual de características que se aprobará mediante una próxima resolución de Tráfico.
Ángel Terrón, presidente de la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal de Málaga (Ampem, que forma parte de la federación estatal) critica que la normativa pasa de largo por la demanda de los colectivos para una «equiparación real» con los ciclos, que sería la mejor manera de beneficiar su uso. Además, la prohibición de ir por vías interurbanas perjudica a los que viven en pueblos, porque ya no podrán ir por este medio a un núcleo cercano.
En cuanto al certificado de circulación, Terrón denuncia que este requisito directamente «impide que la mayor parte de los vehículos ya comprados se puedan utilizar», porque superan el límite de velocidad por muy poco. «Es muy restrictivo y no es la manera de impulsar una movilidad sostenible y asequible».
¿Cuándo?
Tanto el Reglamento de Circulación como el de Vehículos entrarán en vigor de manera inminente, el 2 de enero de 2021. No obstante, la reducción de las velocidades máximas permitidas en zonas urbanas tendrá una moratoria de seis meses tras su publicación en el BOE.
En cuanto a la obligación de disponer de certificado para la identificación de los VMP será de aplicación a los 24 meses (dos años) de la publicación del manual de características técnicas en el diario oficial (todavía sin fecha). Por último, el Reglamento de Conductores entrará en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto.
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