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El TSJA rectifica y las bicicletas no pueden circular por zonas peatonales en Málaga

Revoca las medidas cautelares que ordenó hace un mes porque la ordenanza es una transposición del Reglamento de la DGT y remarca que pese al «elevado riesgo de accidente» que conlleva para el ciclista ir por la calzada «en las aceras el perjudicado es el peatón»

Lunes, 7 de junio 2021, 10:35

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rectifica y acaba de levantar la suspensión cautelar que el pasado 10 de mayo impuso al articulado ... de la nueva Ordenanza de Movilidad de Málaga relativo a la prohibición de las bicis de ir por espacios peatonales así como la obligación de compartir espacio con coches y camiones por los llamados carriles 30. Los mismos magistrados han estimado el recurso de reposición presentado por el Ayuntamiento dando por bueno el argumento municipal de que la ordenanza es una transposición del Reglamento General de Circulación, que en su artículo 121 recoge que «la circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales». Y, según la Ley de Tráfico, la bici es un vehículo. «Siendo por tanto innegable la competencia regulatoria del Ayuntamiento, ésta es limitada, en tanto que depende de la Ley de Tráfico y su Reglamento, a las cuales no puede contradecir», señalan los jueces amparándose también en una sentencia del Tribunal Supremo de 2014 relacionada con un recurso contra la ordenanza de Movilidad de Zaragoza.

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