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Vehículos en doble fila en Málaga capital. Sur
Málaga dejará de sancionar la doble fila si la parada no supera los dos minutos

Málaga dejará de sancionar la doble fila si la parada no supera los dos minutos

El cambio de la normativa municipal se aplicará siempre que se trate de una parada y no sea en una zona donde esté prohibido expresamente

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Jueves, 23 de mayo 2019

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Los policías locales de Málaga no pondrán denunciar la doble fila, siempre que se trate de una parada y no se produzca en una zona donde esté prohibido expresamente mediante señalización horizontal o vertical, además de otros puntos como puede ser un vial de la red básica, pasos de peatones, carriles bici y bus, paradas de autobuses y taxis, o cuando la anchura de la calzada sea insuficiente y obligue al resto de conductores a invadir el sentido contrario o cualquier otra circunstancia que dificulte la circulación. En este sentido, cabe precisar que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial define la parada como la inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo. Todo lo demás tiene la consideración de estacionamiento. De hecho, no se entiende por parada la detención accidental o momentánea de un vehículo por emergencia o por necesidades de la circulación.

Esta flexibilización en el uso de la doble fila está recogida en la modificación de la ordenanza de Movilidad aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Málaga el pasado 28 de marzo para adaptarse a la normativa estatal, que es menos restrictiva, y cuya entrada en vigor se prevé para dentro de aproximadamente un mes, una vez concluya el plazo de alegaciones y se le dé la luz verde definitiva. El cambio consiste, básicamente, en suprimir la doble fila del listado de lugares donde está prohibido parar (artículo 57) y, por tanto, hacer lo propio también en el apartado de infracciones a sancionar. Salvo en ese supuesto, el resto de paradas en zonas prohibidas se penalizará con multas que oscilan entre los 60 y los 200 euros.

La parada

  • 200 euros es el importe máximo de la sanción por parar el vehículo en una zona prohibida como un carril bici, bus o taxi; paradas de autobús y taxi, o en cualquier punto donde se obstaculice la circulación.

  • Diferencia entre parada y estacionamiento. Se entiende por parada la inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo. En el momento en que se excedan esos dos minutos, pasa a tener la consideración de estacionamiento.

  • Lugares donde está prohibido parar. En todas las zonas donde esté expresamente prohibido mediante señalización; en pasos de peatones; en carriles reservados para bici, bus o taxi; en paradas de transporte público y taxi, en intersecciones y sus proximidades, si se impide o dificulta el giro a otros vehículos; delante de rebajes de la acera para el paso de personas con movilidad reducida, cuando el vehículo impida el paso a personas u otros vehículos, u obstaculice el acceso a edificios; donde se impide la visión de señales de tráfico; en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida; o a distancia inferior a 5 metros de una esquina, cruce o bifurcación; entre otros.

De este modo, siempre que se trate de una vía en la que no esté expresamente prohibida la parada del vehículo, los conductores podrán detenerse un máximo de dos minutos para dejar o recoger a un viajero o cualquier otra cuestión. Dicho de otro modo, la Policía Local no podrá multar hasta cerciorarse que se ha superado ese tiempo de parada.

Declaración responsable para acceder al Centro Histórico

De forma paralela, también se incluye otro cambio de la ordenanza de Movilidad para agilizar las autorizaciones a la zona de acceso restringido del Centro Histórico mediante la incorporación de la declaración responsable del propietario del vehículo. Así, en lugar de presentar toda la documentación requerida para obtener permiso para entrar con el coche en la 'almendra', a partir de ahora se concederá la autorización de manera inmediata en cuanto se solicite, aunque luego el Ayuntamiento revisará toda la documentación para corroborar que está en regla. Esta comprobación a posteriori se aplicará a vehículos asociados a residentes, garajes o locales comerciales, pero se seguirá requiriendo autorización previa en casos de mudanzas, obras, montajes de carpas o exposiciones o vehículos asociados a teatros y museos. En este sentido, cabe precisar que acceder a zonas de acceso restringido sin declaración responsable ni autorización previa está penalizada con 200 euros.

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