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Imagen de archivo de Marina Bravo. SUR
La Diputación no ve conflicto de intereses en los contratos de Marina Bravo con la empresa donde trabaja su pareja

La Diputación no ve conflicto de intereses en los contratos de Marina Bravo con la empresa donde trabaja su pareja

El expediente contradictorio concluye que no ha quedado demostrado «la relación de parentesco» entre la diputada de Medio Ambiente y el administrador de la sociedad

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Martes, 17 de julio 2018, 14:27

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La Diputación de Málaga no ve conflicto de intereses en los contratos menores concedidos por el área de Medio Ambiente y Promoción del Territorio que ostenta la diputada Marina Bravo con la empresa de publicidad y comunicación TuImagina donde trabaja su pareja y de la que es administrador único el hermano de éste.

Así se concluye en el expediente contradictorio elaborado por los servicios jurídicos de la institución a instancias del presidente del ente supramunicipal, Elías Bendodo. En el documento, al que tuvo acceso SUR, se recoge que teniendo en cuenta la documentación y las diligencias practicadas -entre ellas la declaración de Bravo- «no ha quedado demostrado» que entre la diputada de Medio Ambiente y Promoción del Territorio y el administrador único de la mercantil exista relación de parentesco de segundo grado por afinidad «al no mantener con el hermano de éste una relación de convivencia afectiva análoga a la conyugal». Por lo que no sería de aplicación las prohibiciones de la ley relativas a los contratos con familiares.

Según el documento, las limitaciones de la ley no pueden aplicarse ni interpretarse de forma extensiva ya que «ha de ser referido a aquellas relaciones 'more uxoris' (relación de hecho o convivencia) y no a la relación de íntima amistad sin convivencia manifestada por la interesada (Marina Bravo)».

Asimismo, el expediente sostiene que la selección de las distintas empresas que prestan sus servicios a la Delegación de Medio Ambiente y Promoción del Territorio «se realiza en reuniones exclusivamente técnicas sin que la diputada delegada haya participado en ninguna de ellas ni influido, directa e indirectamente en al decisión adoptada, por lo que no puede acreditarse la existencia de conflicto de intereses que haya podido comprometer su imparcialidad e independencia en las contrataciones».

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