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Protesta de afectados por cláusula suelo.
Primeras sentencias de cláusula suelo que siguen la doctrina europea y dictan la devolución total

Primeras sentencias de cláusula suelo que siguen la doctrina europea y dictan la devolución total

Tanto juzgados de instancia de Málaga como la Audiencia Provincial aplican ya la retroactividad marcada hace una semana por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Nuria Triguero

Jueves, 29 de diciembre 2016, 00:27

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Tan sólo un día después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anunciara su decisión sobre la retroactividad de las indemnizaciones que deben pagar los bancos a los afectados por cláusulas suelo, los tribunales de Málaga ya estaban dictando sentencias que aplican la doctrina de Luxemburgo y, por ende, se apartan de la del Tribunal Supremo. Este periódico ha tenido acceso a dos fallos emitidos por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga el pasado 22 de diciembre el TJUE publicó su famosa sentencia el día 21 en sendos casos de cláusula suelo. En ambos se estima la demanda del afectado, se declara nula la citada condición y se condena a la entidad financiera Unicaja y Catalunya Banc, respectivamente a suprimirla y devolver al cliente todo el dinero cobrado de más desde la firma de la hipoteca. Según ha podido saber SUR, el mismo día la Audiencia Provincial de Málaga emitió dos sentencias que también siguen la línea marcada por el TJUE, aunque aún no han sido notificadas a las partes.

Los juzgados no están teniendo dudas, pues, en aplicar de forma inmediata la retroactividad total de la nulidad de las cláusulas suelo, tal y como ha indicado el tribunal europeo, y sin esperar a lo que diga el Tribunal Supremo. De hecho, en las sentencias a las que ha tenido acceso SUR se menciona específicamente el fallo de la máxima instancia judicial comunitaria: «Procediendo según se estableció por el Tribunal de Justicia de la Union Europea en sentencia dictada con fecha 21 de diciembre de 2016 a la devolución de las cantidades cobradas en exceso desde la aplicación de dicha clausula declarada nula por abusiva, más sus intereses como establece el articulo 1.303 del Código Civil», argumenta la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga, Isabel María Alvaz, en las dos sentencias que firmó el pasado día 22. Ambas corresponden a clientes representados por el despacho de abogados malagueño Martínez Echevarría, uno de los que se ha especializado en demandas de cláusulas suelo. Sus portavoces destacan que actualmente tienen en curso 5.800 reclamaciones de este tipo, a las que se suman las 1.200 sentencias favorables que han tenido sólo durante este año.

Una de las primeras afectadas malagueñas por cláusula suelo que se ha beneficiado de este cambio de doctrina forzado por Europa es Concepción Gámez, de 59 años, que ayer manifestaba así su alegría: «Estoy muy contenta; aún no sé ni siquiera cuánto me van a devolver, pero lo que sea bueno es. ¿Por qué se va a quedar el banco con mi dinero?». Con una hipoteca de 90.000 euros firmada con Unicaja en 2004, esta vecina de Rincón de la Victoria decidió reclamar judicialmente la nulidad de la cláusula suelo de su hipoteca que marcaba un tipo mínimo anual del 2,9% nominal hace algo más de un año después de ver un anuncio en televisión. «No se lo consulté ni a mi marido, que después me decía que dónde me había metido», recuerda.

La otra sentencia dictada por la jueza Alvaz el pasado jueves corresponde a un préstamo hipotecario firmado en 2010 por un vecino de Málaga con Catalunya Banc, en la que se establecía un suelo del 3,5% anual. Tanto en éste como en el otro fallo se incide en la falta de transparencia como motivo para decretar la nulidad de las cláusula suelo. Así, en el caso de Concepción Gámez se describe cómo la demandante manifiesta «que no sabía lo que era clausula suelo y no se lo explicaron», y que el notario «leyó deprisa» la escritura del préstamo y «no se detuvo en nada». Asimismo, se refiere que el director de la sucursal bancaria manifestó que «solía explicar lo que era el euríbor y el diferencial», pero no indicó nada sobre el tipo de interés mínimo que tendría la hipoteca.

Avalancha de consultas

La sentencia del alto tribunal europeo ha animado a muchos malagueños a demandar a sus bancos, según constatan en asociaciones de consumidores y despachos de abogados, que están recibiendo estos días una avalancha de consultas. En la provincia se estima que puede haber más de 50.000 afectados por cláusula suelo.

Éstas son las primeras sentencias de cláusula suelo que siguen la doctrina del TJUE, pero no son las primeras que han ordenado la retroactividad total de las devoluciones de cantidades en Málaga. Sin ir más lejos, unos días antes el Juzgado de lo Mercantil número 2 había una sentencia pionera que condenó a una entidad financiera a devolver las cantidades cobradas desde que se constituyó el préstamo al considerar que no sólo hubo falta de transparencia, sino que la cláusula suelo «ni siquiera supera el primer control, esto es, el de incorporación, pues la escritura adolece de cierta falta de claridad al conducir a error en cuanto a las condiciones aplicables en materia de tipos de interés». La magistrada entendió que el contrato no cumple los requisitos de «claridad, concreción y sencillez» a los que obliga la ley.

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