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Antonio M. Romero
Miércoles, 26 de octubre 2016, 00:32
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La Junta de Andalucía ha instado a la Diputación a que anule el embargo del edifico de Correos ordenado por la institución provincial a través del Patronato Provincial de Recaudación por la deuda que el Gobierno autonómico mantiene con los pueblos de Málaga por valor de 8.767.941,29 euros del impago de impuestos, tasas o multas. En el recurso de reposición presentado por la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se sostiene que el embargo no está justificado y es «contrario a Derecho», según se recoge en la documentación a la que accedió este periódico.
En el recurso, de seis folios, la Junta esgrime hasta nueve argumentos de índole jurídico para solicitar la anulación del embargo. El Ejecutivo regional sostiene que se le atribuyen deudas de manera errónea por corresponder a otros organismos y administraciones públicas. En este punto, fuentes consultadas apuntaron que la cantidad asciende en total a 2,5 millones de euros.
De esa cantidad 236.000 euros corresponden a bienes que son titularidad de ayuntamientos y el gran montante, 2,26 millones, son de dos organismos autonómicos como el SAS y la Agencia de Vivienda y Rehabilitación. Las fuentes añadieron que la solicitud de deuda se hace la Junta, que tiene un CIF determinado, cuando deberían hacerse a estos organismos, que tienen otro CIF distinto.
Otro de los argumentos esgrimidos por la Junta es que se ha vulnerado el principio de injerencia mínima, que hace referencia a que la Diputación ha optado por la vía del embargo cuando existen otros medios de materializar el pago como es el caso de la compensación de deudas entre instituciones públicas una práctica que suele ser muy habitual entre administraciones.
El Gobierno regional esgrime que existe una «falta de correcta identificación» de las deudas; hay una falta de notificación de las providencias de apremio para el pago; que existe una posible prescripción de las deudas que hacen referencia a los años comprendidos entre 2005 y 2010; y que se le atribuye a la Junta el pago de deudas por bienes que no están sujetos al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) «como las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres y los bienes de dominio público marítimo-terrestre e hidráulico»; y que se endosan a la Administración autonómica deudas «no identificadas correctamente o extinguidas».
Por ello, además de la anulación del embargo del edificio de Correos, la Junta de Andalucía solicita en el recurso de reposición que «se anulen y se detraigan del montante total de la deuda reclamada todos aquellos débitos que han quedado demostrados que no corresponden a esta Administración Autonómica».
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