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Ledesma compareció en noviembre para anunciar que iban a recurrir la sentencia Fernando Torres
Ultimátum en Alhaurín el Grande: el juez da cinco días para convocar la moción de censura

Ultimátum en Alhaurín el Grande: el juez da cinco días para convocar la moción de censura

Advierte de que si no responden al requerimiento pondrá los hechos en conocimiento de la Fiscalía

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Viernes, 22 de marzo 2019, 17:59

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El pleno de la moción de censura de Alhaurín el Grande deberá celebrarse antes del jueves de la semana que viene. El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Málaga ha dado un ultimátum al secretario municipal del Ayuntamiento al considerar que desde el Consistorio se estaba retrasando de forma deliberada la ejecución provisional de la sentencia. En un auto notificado el jueves, el juez da un plazo de cinco días para que se convoque un pleno en el que se retome la votación contra la actual alcaldesa Toñi Ledesma (Partido Popular, antes X Alhaurín). Si no cumplen o entorpecen el proceso, el juez amenaza con llevar la actitud del Ayuntamiento a la Fiscalía.

Esta exigencia del juez llega tras un largo cruce de escritos entre el juzgado y el Ayuntamiento desde la sentencia que establecía que la moción de censura nunca debió interrumpirse (publicada a finales de octubre del año pasado). Desde que el Ayuntamiento conoció esta decisión comenzó un largo proceso de aclaraciones a la sentencia –consideradas por el juez como un acto de «mala fe procesal» para retrasar los plazos– y de apelaciones por parte del propio Consistorio y del Partido Popular.

La apelación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía fue adminida a trámite pero, al tratarse de un proceso judicial sobre vulneración de derechos fundamentales, este hecho no retrasa ni paraliza lo dictado por el juzgado, ya que el recurso se admite en un solo efecto. Por tanto, el juez emitió un auto de ejecución provisional de la sentencia el pasado ocho de marzo. Ante la falta de respuesta, la Letrada de la Administración de Justicia envió un requerimiento expreso al secrerario municipal para que se pronunciase sobre la situación.

Es la respuesta a dicho escrito, el secretario entra en cuestiones que el propio juez tacha de inadecuadas. «No procede ninguna de las cuestiones planteadas por el Sr. Secretario municipal puesto que todas son interpretaciones que realiza el fedatario público sobre el fondo del asunto, y, a todas luces, en aras de reinterpretar el sentido del fallo para dilatar la ejecución provisional del mismo», apunta el juez en el auto en el que expresa su ultimátum.

Además, el secretario (según le reprocha el juez), introdujo en su respuesta a la letrada cuestiones «dilatorias» sobre el fondo de la sentencia, abordando la cuestión base de la sentencia, esto es, la aplicación de la ley antitransfuguismo. «Lo que debe poner en práctica, en su condición de fedatario público, es convocar dicho pleno para la celebración del mismo, con el resultado que pueda resultar», apunta el magistrado.

Es por todo ello por lo que el juez ha tenido que fijar un plazo de cinco días para el cumplimiento de la sentencia, ya que en el auto inicial de ejecución dejaba los tiempos en manos del propio Ayuntamiento.

La notificación del ultimátum llegó al Ayuntamiento un día antes de que Toñi Ledesma presente su candidatura por el Partido Popular a las elecciones municipales del próximo mes de mayo. La actual alcaldesa se presentará este viernes por la noche ante los Alhaurinos como opción con la que mantener el liderazgo de su equipo de Gobierno en un contexto político de lo más particular, ya que podría suceder que la oposición asuma la alcaldía a solo dos meses de los comicios.

La regidora ha atendido a este periódico pero sin aportar novedades tanto en la eventual convocatoria del pleno ni sin hacer valoraciones con respecto a las últimas novedades del caso. En anteriores ocasiones a la luz de los distintos pasos del proceso, Ledesma siempre ha asegurado que cumplirán la ley «escrupulosamente» al igual que harán «todo lo posible» dentro del marco legal por defender sus argumentos. Estos pasan, tal y como se ha registrado en la apelación al TSJA, que la aplicación de la ley antitransfuguismo del juez es errónea. El magistrado considera que la concejala del PP que formaba parte del pacto de investidura y decidió apoyar a la oposición no cometió ningún hecho ilícito ya que no formaba parte del gobierno ni había sido expulsada oficialmente del partido.

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