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Condenan a Alhaurín de la Torre a devolver un impuesto especial de una obra que no se ha realizado

Condenan a Alhaurín de la Torre a devolver un impuesto especial de una obra que no se ha realizado

La sentencia, firme e inapelable, abre la puerta a reclamaciones similares ya que contribuyeron muchos vecinos de la zona de arroyo Grajea

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Domingo, 1 de julio 2018, 00:13

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El juez titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Málaga ha condenado al Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre a devolver la liquidación provisional de una contribución especial a un vecino de la localidad. Esta aportación tributaria extraordinaria se recolectó para urbanizar la zona del arroyo Gragea, un proyecto que hasta ahora no ha sido ejecutado, pese que se planteó en el año 2002. Uno de los propietarios de la zona denunció al Consistorio alhaurino por considerar que la suma aportada, 5.558 euros, le correspondía por no haber sido empleada en ninguna obra, denuncia en la que el juez le ha dado la razón imponiendo la devolución más los intereses de demora y las costas judiciales (con un máximo de 1.000 euros). En el auto judicial, al que SUR ha tenido acceso, se especifica que la decisión es firme y no puede ser apelada ni recurrida.

EL PROCESO

  • El impuesto El Ayuntamiento y los propietarios de arroyo Gragea acordaron una contribución especial para urbanizar la zona.

  • Litigios Varios vecinos se oponen y se abren dos procesos para determinar si la contribución es válida, que gana el Ayuntamiento.

  • La demanda Uno de los propietarios pide que se devuelva su aportación ya que diez años después las obras no se han hecho.

El Ayuntamiento llegó a un acuerdo con los vecinos para urbanizar la zona con la figura de las Contribuciones Especiales, de forma que Ayuntamiento y propietario cofinancian las obras de urbanización de los terrenos en cuestión, según fuentes municipales. Desde el Consistorio recuerdan que el problema en arroyo Grajea ha sido «la maraña jurídica que ha habido, porque aunque la mayoría de los vecinos estaban de acuerdo, unos pocos no, y recurrieron a los tribunales». En 2011, una sentencia dio la razón al Ayuntamiento en cuanto a que el proyecto de urbanización era correcto, y en 2013 otro auto judicial confirmó que la figura de las contribuciones eran apropiadas para el tipo de actuación que se quería llevar a cabo.

El denunciante solicitó la devolución de los fondos al Ayuntamiento por la vía ordinaria en 2012 y 2013. Tal y como se recoge en la propia sentencia, el vecino no obtuvo respuesta. Para el juez, la resolución del conflicto desde ese punto es «bastante sencilla», ya que no se trata de volver a estudiar si las contribuciones especiales eran o no correspondientes o si el proyecto es legal (hecho que ya se ha resuelto en tribunales como explican desde el propio Consistorio), sino que la clave estaba en comprobar si la actuación vinculada al pago se ha realizado. «Corresponde al Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre demostrar que se ha ejecutado, y no se ha probado dicha realidad de ejecución», concluye el magistrado.

Pese a que el juez considera que las obras no se han ejecutado, y específica en la sentencia que sólo se han referido «en someros párrafos» a algunas actuaciones aisladas, el Ayuntamiento sostiene en su versión que desde el 2013 «se han ido ejecutando obras por fases en diferentes calles: asfaltado, red de agua, red de saneamiento, canalizaciones para el alumbrado y asfaltado, entre otras». Se empezó actuando en los ejes vertebradores de la barriada, como Camino de los Martínez y Barceló, de los Patos, «escalonadamente».

En el caso en concreto de la calle del vecino que ha ganado el juicio, la vía está parcialmente pavimentada y hay un proyecto para unificar el suelo, que se espera que como muy tarde esté terminado el 1 de agosto. Además, cuenta con suministro de agua potable, obra civil para el alumbrado público, electricidad y servicio de recogida de basuras.

Liquidación parcial

Desde el Ayuntamiento destacan que el objeto del auto del juez es una liquidación provisional, es decir, entregas a cuenta para facilitar el inicio de los trabajos. «Esta sentencia no quita que este propietario y el resto de vecinos tengan que aportar las correspondientes liquidaciones definitivas, una vez concluyan las obras de urbanización». Las liquidaciones definitivas dependen del número de metros cuadrados de cada parcela y de los metros de la fachada de cada vivienda y, en cualquier caso, «esta figura de las contribuciones especiales para urbanizar siempre resulta más económica para los propietarios de urbanizaciones que no tienen promotor».

El abogado que ha representado al vecino denunciante, Francisco Javier Galán Palmero, explica a SUR que esta sentencia «abre la puerta» a que otros vecinos recurran al igual que su cliente. «Fueron varios centenares de propietarios de terrenos los que hicieron esas aportaciones». subraya. Desde el Consistorio aseguran que, de momento, nadie más ha denunciado, y que el proyecto «se terminará».

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