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Hospital de Guadalajara. SESCAM.
Las sanitarias embarazadas de riesgo pueden cobrar guardias aunque no las trabajen

Las sanitarias embarazadas de riesgo pueden cobrar guardias aunque no las trabajen

Una sentencia del Tribunal Supremo reconoce el derecho a cobrar el complemento a una uróloga de Guadalajara

J.M.L.

Guadalajara

Jueves, 15 de julio 2021, 13:47

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que reconoce el derecho a cobrar las guardias médicas a una facultativa de Guadalajara a pesar de que no realizar ninguna por tener un embarazo de riesgo. La sentencia, que sienta doctrina, da la razón a una especialista en Urología que trabaja en la Gerencia de Atención Integrada de Guadalajara a quien se eximió de la obligación de realizar guardias debido al estado de su embarazo.

La trabajadora sanitaria solicitó el abono de las cantidades correspondientes al complemento de atención continuada pero el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) se lo denegó y llevó el asunto a los tribunales. Una primera sentencia le fue favorable pero el SESCAM recurrió y ahora el Tribunal Supremo la ha ratificado argumentando que «las guardias se integran plenamente en la jornada de trabajo exigible a los profesionales sanitarios por lo que, en virtud de la Ley de Igualdad y el principio de no discriminación por razón de sexo, se debe continuar abonando este concepto retributivo».

Según el Supremo, «la igualdad de trato entre sexos exige que las modificaciones del puesto de trabajo adoptadas transitoriamente y durante el limitado período del embarazo no deben conllevar una disminución de las retribuciones estables de la trabajadora».

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