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Un negocio de hostelería cerrado Ñito Salas / Vídeo: Virginia Carrasco

Los ERTE elevan las rebajas en las cotizaciones a entre el 70% y el 100%

El Gobierno aprueba con apoyo de sindicatos y patronal una prórroga hasta el 31 de enero que protege a las empresas con restricciones

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Martes, 29 de septiembre 2020, 08:27

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El Gobierno quería otra vez un acuerdo con los agentes sociales y al final lo ha conseguido. Eso sí, en el último minuto y con más concesiones en materia de rebajas en las cotizaciones. La nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero que este martes ha aprobado el Consejo de Ministros cuenta con el respaldo no solo de los sindicatos, sino también de la patronal, reacia hasta el último momento a dar su apoyo.

El cambio de postura de la CEOE se produjo después de que el Ejecutivo mejorara en la madrugada de ayer las condiciones con una oferta de ultimísima hora. A partir de octubre desaparecen los conocidos como ERTE de rebrote que estaban vigentes desde julio y se distinguen ahora tres tipos, cada uno con unas características y requisitos especiales, pero todos con unas exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social que oscilan entre el 70% y el 30%.

1 ERTE de fuerza mayor

Se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes. Sin embargo, ahora están limitados a aquellas empresas de unos sectores específicos, que serán básicamente aquellos relacionados con el turismo y el ocio, aunque se extenderán también a las compañías que acrediten que al menos un 50% de su facturación depende de las actividades más afectadas por la pandemia. Las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las más grandes, tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos.

Además, se mantendrán estas mismas exoneraciones en caso de que las empresas de los sectores más afectados o de la cadena de valor pasen de un ERTE de fuerza mayor a un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

2 ERTE por impedimento

Las empresas que tengan que cerrar alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las medidas sanitarias impuestas por las autoridades españolas o extrajeras podrán solicitar un ERTE por impedimento, que sustituye a los de rebrote. Tendrán una rebaja en sus cotizaciones durante el periodo de cierre y como máximo hasta el 31 de enero que será del 100% para las más pequeñas y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

3 ERTE por limitación

Se trata de una nueva modalidad de ERTE creada para aquellas compañías que vean limitado, aunque sea de forma parcial, el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas, como pudiera ser limitaciones de aforo o de horario. De esta forma, los comercios o negocios de hostelería y restauración situados en una zona con restricciones podrán solicitar estas nuevas ayudas que se mantendrán durante los próximos cuatro meses. En estos ERTE por limitación las rebajas para las empresas más pequeñas serán decrecientes y solo para los trabajadores afectados: del 100% en octubre, del 90% en noviembre, del 85% en diciembre y del 80% en enero. Para las de más de 50 empleados, estas exoneraciones se reducen al 90%, 80%, 75% y 70% de octubre a enero, respectivamente.

4 Protección por desempleo

La cuantía para los afectados se mantiene en el 70% de la base reguladora y podrán acceder cualquier persona aunque no tenga el mínimo de cotización necesario. Pero ahora sí se produce un recorte en los derechos de los trabajadores: los nuevos ERTE consumirán paro si la persona afectada pierde el empleo a partir de 2021, aunque no si es este año o el que viene. Por otro lado, las personas con el empleo suspendido tendrán por primera vez atención preferente para recibir cursos de formación y se pondrán en marcha acciones específicas para este colectivo. «Es un proyecto completamente ambicioso que protege, salva y defiende a todas las empresas y trabajadores de nuestro país», presumió la ministra.

5 Seis meses más sin poder despedir

La nueva prórroga de los ERTE mantiene la prohibición de despedir y además establece un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo para las empresas que se acojan a un nuevo ERTE exonerado. Como en el acuerdo anterior, no podrán realizarse horas extraordinarias, establecerse nuevas externalizaciones de la actividad, ni concertarse nuevas contrataciones, salvo por razones de formación. De igual manera se mantienen los límites en el reparto de dividendo.

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