El Supremo condena a prisión a un trabajador que falseó un parte médico para alargar un día su baja laboral
Los magistrados concluyen que cometió un delito de falsedad en documento oficial al alterar un documento sanitario para mantener su salario sin ir a trabajar
Aquejado de una gastroenteritis aguda, acudió al centro de salud donde su médico de cabecera emitió un parte de baja/alta de incapacidad temporal (baja ... médica) real para ese día, que posteriormente enviaría a su empresa por correo electrónico.
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Pero al día siguiente decidió no ir a trabajar y alargar la baja para así justificar su ausencia y cobrar la parte del sueldo correspondiente a la baja de esa jornada en su nómina mensual. ¿Cómo? Pues confeccionando un comunicado falso de baja/alta de incapacidad temporal por enfermedad común del centro de salud, en el que hizo constar: «No ha habido recaída», y que posteriormente remitiría por email a la empresa. Sin embargo, al darse cuenta de que se había equivocado (quiso decir que sí había habido recaída), lo rectificó y confeccionó uno nuevo de las mismas características, y con las mismas intenciones. Esta vez haciendo constar que sí había habido recaída y que la baja se había alargado dos días. Tal cual lo envió a la empresa.
Es el relato de unos hechos por los que este trabajador ha sido condenado por el Tribunal Supremo a seis meses de prisión y una multa superior a mil euros. Como recoge la sentencia consultada por este periódico, el Alto Tribunal concluye que cometió un delito de falsedad en documento oficial al alterar un documento sanitario para mantener su salario sin ir a trabajar.
El litigio se inició en el Juzgado de lo Penal número 3 de Granollers, que condenó a este trabajador de una fábrica de circuitos electrónicos para electrodomésticos por falsedad en documento oficial y un delito leve de estafa. El fallo imponía seis meses de prisión, además de una multa de seis meses con cuotas diarias de seis euros, lo que suma más de 1.000 euros. Sin embargo, en desacuerdo con la resolución recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que absolvió al trabajador de los delitos que se le imputaban.
Entendía que el parte de baja enviado, a partir de otro anterior, en el que se había cambiado la fecha para justificar su falta al trabajo no podía considerarse un delito de falsedad en documento oficial pues el trabajador envió a la empresa una copia escaneada que pudo hacerse de dos formas: «Modificando el documento original, en cuyo caso entiende que sí habría delito de falsedad en documento oficial, o haciendo primero una fotocopia del documento original la cual sería después alterada, en cuyo caso entiende que no habría delito de falsedad en documento oficial sino de documento privado».
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Recurso de casación
El Ministerio Fiscal recurrió en casación ante el Tribunal Supremo. Defendía que en los casos en que, partiendo de un modelo original, se confecciona otro con propósito y finalidad de hacerlo pasar como si del verdadero documento oficial o mercantil se tratase, «no se trata de una fotocopia que se quiere hacer como que responde al original, sino de crear un documento íntegramente falso para hacerlo pasar por uno original». En concreto, en este caso, se utiliza una reproducción creada por el ordenador para simular un documento auténtico consistente en una baja médica, «destinada, única y exclusivamente, para justificar, frente a la empresa y la administración de la Seguridad Social, una ausencia al puesto de trabajo», zanja el Supremo.
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