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El Banco de España habla de «ilegalidad» y «discriminación» si una empresa, profesional o administración pública de un país de la Unión Europea se niega a recibir o realizar pagos, tranferencias o domiciliaciones desde una cuenta cuyo IBAN no se corresponde con el de su país.
La entidad explica que toda persona que disponga de una cuenta de pagos en euros abierta en un banco, entidad de pago o entidad de dinero electrónico de la UE, puede efectuar este tipo de transacciones independientemente del país donde se encuentre la entidad y del IBAN que la identifique. De oponerse, se estaría incurriendo en una práctica «ilegal que contraviene el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 260/2012». Aún así, suele ser objetivo de reclamaciones habituales.
El IBAN es un código alfanumérico que distingue las cuentas de pago con una combinación única de números y letras. Los dos primeros dígitos se refiere al país de residencia de la entidad que ofrece la cuenta, por ello, en España, el IBAN comienza con las letras ES, seguidas de 22 números. En otros países, puede tener hasta 34 dígitos.
El Banco de España aconseja que el primer paso será enviar una reclamación formal donde se informe al incumplidor de que está obligado a aceptar cuentas de pago con IBAN de cualquier país de la UE. Si no se recibe una respuesta o ésta no es satisfactoria, el siguiente paso será reportar la presunta infracción a la autoridad competente.
En los casos en los que el presunto infractor es un Proveedor de Servicios de Pago (PSP), como un banco o entidad de pago, o bien la discriminación de IBAN se produce en una relación entre dos empresas, emprendedores o profesionales que actúan en base a sus actividades comerciales o profesionales y que no son proveedores de servicios de pago, la autoridad competente es el Banco de España. Se puede contactar con esta institución a través del paymentsystems@bde.es o solicitando una cita previa en su web.
En los casos en los que el presunto infractor sea una empresa y el perjudicado un consumidor, las autoridades competentes son las de consumo de las comunidades autónomas. En la web de la Comisión europea, puede consultarse la lista completa de los organismos responsables de garantizar el cumplimiento del Reglamento SEPA.
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