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Los hermanos que convivan con un pensionista contarán con una ayuda de la Seguridad Social tras su fallecimiento

Los solicitantes deben acreditar dos años mínimos de convivencia y dependencia económica del familiar fallecido

Jueves, 25 de julio 2024, 14:06

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Los hermanos de una persona con pensión de jubilación o incapacidad permanente (ambas en su modalidad contributiva) contarán con una prestación de la Seguridad Social ... tras el fallecimiento de éste si tienen cumplidos los 45 años, si acreditan haber convivido con él y si carecen de recursos económicos para salir adelante. Se trata de una pensión en favor de familiares, que puede alcanzar el cien por cien si el fallecido no tenía pareja ni hijos.

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