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Viviendas en alquiler. Efe
Cómo declarar la segunda vivienda en la Renta

Cómo declarar la segunda vivienda en la Renta

Si la casa está vacía se aplica el 2% del valor catastral pero si se obtienen rentas por alquiler vacacional las plataformas digitales tienen que presentar el modelo 179

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Martes, 23 de abril 2019, 07:07

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Al igual que la vivienda habitual, los ciudadanos que dispongan de una segunda casa tienen que declararlo en la Renta para tributar por ella. Lo fundamental para los propietarios es que si adquirieron la primera antes del 1 de enero de 2013 pueden contar con una deducción por vivienda habitual (hasta un 15% del capital amortizado de la hipoteca hasta un máximo de 9.040 euros), mientras que la segunda residencia no tiene opción de desgravar aunque haya sido comprada antes de esa fecha. En su caso, la imputación de rentas inmobiliarias tributa a los mismos tipos que el rendimiento del trabajo, pero hay que tener en cuenta si la vivienda está vacía, si se alquila por periodos largos o si es para cortos tramos vacacionales.

Si está vacía y la ocupamos en puentes o fines de semana, se aplica el 2% del valor catastral de la vivienda que figure en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Excepcionalmente, será solo del 1,1% si el valor catastral ha sido revisado en el año en curso o en los diez años anteriores. Sucede lo mismo con los locales vacíos, que tienen que declararse en el IRPF con los mismos porcentajes que si fueran casas.

¿Estás deduciendo correctamente por tu vivienda?:

Pero si está en alquiler no se tributa con este porcentaje, sino en rendimientos del capital inmobiliario, donde se deben incluir los ingresos que se han percibido y descontar los gastos que se hayan tenido durante el periodo de alquiler. Estos son las reparaciones, el IBI, recibos de la comunidad, tasas de basuras, amortización del inmueble o el seguro de hogar.

Si ese alquiler es de larga duración, el rendimiento calculado tiene una reducción del 60%. No ocurre lo mismo si se trata de alquileres turísticos, donde no se puede aplicar esta reducción porque la finalidad no es una vivienda de uso habitual sino que tiene un carácter temporal.

En este caso, desde su regulación en 2018 se obliga al arrendatario a notificar de ello al Ministerio de Hacienda. Por su parte, las plataformas digitales que facilitan al propietario esos alquileres deberán presentar el Modelo 179, que supone la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con estos fines.

Avisos para evitar el fraude fiscal

En los últimos años, la Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto el foco en las segundas viviendas con el objetivo de frenar el fraude que se estaba produciendo en la forma que se declaraban. Así, en las últimas semanas se han enviado más de 700.000 avisos a particulares advirtiéndoles de que Hacienda conoce su situación y que deben declarar esa segunda vivienda que se alquila a turistas en su Renta de 2018.

Han sido los avisos que más han aumentado por parte de la AEAT, de los solo 258.000 del año pasado se ha casi triplicado. El 'boom' de incremento de estos mensajes se debe sobre todo a esa nueva normativa que afecta a plataformas como Airbnb para que aporten a Hacienda la información de casas que tienen en alquiler en su web.

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