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¿Cómo solicitar el cheque de alimentos de 200 euros aprobado por el Gobierno?

¿Cómo solicitar el cheque de alimentos de 200 euros aprobado por el Gobierno?

La medida, aprobada dentro del nuevo plan anticrisis, se materializará en un pago único para las familias que ingresen menos de 27.000 euros anuales

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Martes, 27 de diciembre 2022

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El nuevo plan anticrisis aprobado este martes por el Gobierno ha aprobado nuevas iniciativas, como la prórroga de los alquileres que vayan a renovarse entre el 1 de enero y el 30 de junio y un cheque único de 200 euros para las familias que ingresen menos de 27.000 euros anuales y con un patrimonio no superior a 75.000 euros. La cifra se queda por debajo de las aspiraciones iniciales de Unidas Podemos, que en las últimas semanas había presionado por que la ayuda fuese de 300 euros y no solo para las familias vulnerables, sino que aplicase también sobre las rentas medias (por debajo de los 42.000 euros anuales). El Ejecutivo estima que esta ayuda alcanzará a más de cuatro millones de familias.

La formalización de la solicitud sigue los mismos pasos que la última subvención de 200 euros para compra de alimentos destinada a personas físicas (asalariados, autónomos y desempleados inscritos como demandantes de empleo) con bajo nivel de ingresos y patrimonio puesta en marcha el pasado 25 de julio. Así, la nueva medida se deberá pedir en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria por medio de un formulario electrónico a partir del 15 de febrero y hasta el 31 de marzo.

El dinero se recibirá por transferencia bancaria una vez que las familias con derecho a recibir este cheque faciliten a la Agencia Tributaria el número de cuenta bancaria.

Una vez presentadas las solicitudes, Hacienda cotejará los datos con los de otras administraciones para verificar si los solicitantes tienen derecho a esta ayuda. En el caso de denegar el cheque, cursará una resolución con su negativa junto a los datos necesarios para consultar en su web las razones de la denegación. Los afectados tendrán 10 días para recurrir la decisión. Transcurrido un mes de la notificación, si no se presentan alegaciones, se dará por cerrado el expediente, es decir, en este caso rechazado.

Por otra parte, si Hacienda no deniega el cheque ni realiza el abono en tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud, entonces la petición se considerará desestimada, aunque también el afectado podrá recurrirla.

Asimismo, tal y como recoge el Real Decreto en su artículo 74.7, "cuando con posterioridad al abono de la ayuda se compruebe el incumplimiento de alguno de los requisitos para su obtención, procederá el reintegro de la ayuda percibida y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del abono hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro".

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