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La justicia madrileña abre la vía a no pagar IRPF por la prestación por maternidad

D. V.

Martes, 22 de noviembre 2016, 00:47

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La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declara exenta de tributación en el IRPF la prestación por maternidad abre la vía a que Hacienda tenga que devolver a las beneficiarias de esta ayuda las retenciones aplicadas desde 2012 (las anteriores han prescrito). El fallo, que no crea jurisprudencia, da la razón a la demandante y rechaza la interpretación defendida por la Agencia Tributaria y los Tribunales Económico y Administrativos hasta ahora. En concreto, la Seguridad Social abona el sueldo a las mujeres trabajadoras durante las 16 semanas de baja tras el nacimiento de un hijo. El TSJM considera que la normativa del IRPF exonera la tributación de la maternidad o paternidad percibida independientemente de la administración que las conceda. Hacienda interpreta que sólo estaban exentas las ayudas aportadas por comunidades y ayuntamientos. La medida sólo afecta a la Comunidad de Madrid, pero supone un argumento a favor para quienes acudan a los tribunales en otras regiones. En cualquier caso, lo previsible es que al final sea el Tribunal Supremo quien tenga que pronunciarse sobre la materia para unificar criterios. En cualquier caso, hasta que eso se produzca, los expertos piden a los afectados (2,5 millones de personas según UGT) a que presenten un escrito de devolución de los ingresos ante la delegación de Hacienda y, ante la previsible denegación, acudan a los tribunales.

Por su parte, los técnicos de Hacienda (Gestha) criticaron que la exención «choca con los principios de igualdad y progresividad fiscal que proclama el artículo 31 de la Constitución» al no diferenciar entre madres con grandes o pocos recursos económicos.

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