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El Constitucional avala el recorte a las primas de las renovables

El Tribunal considera que el decreto que redujo las primas no vulnera la seguridad jurídica ni es retroactivo, aunque tres magistrados discrepan de la sentencia

José María Camarero

Miércoles, 13 de enero 2016, 13:10

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El Tribunal Constitucional ha respaldado la normativa que aprobó el Gobierno en 2013 por la que recortaba de forma drástica las primas a las energías renovables que el Ministerio de Industria abonaba a este sector por participar en la generación de electricidad. En la sentencia dictada el 17 de diciembre, de la que hoy se conoce su contenido, los magistrados han avalado la reducción de las retribuciones para las energías del régimen especial (eólicas, solares, etc.) al considerar que el Ejecutivo justificó de forma suficietne la necesidad de aprobar estas medidas, por la vía de urgencia.

De esta forma, el Constitucional desestima el recurso presentado por la Región de Murcia contra varias disposiciones del decreto-ley 9/2013 pro el que se adoptaban medidas para garantizar la estabilidad financiera del sistema energético. En el fallo se señala que las medidas incluidas en esa norma no vulneran el principio de jerarquía normativa ni los de seguridad jurídica e irretroactividad, tal y como alegaban los recurrentes.

El tribunal destaca que según la exposición de motivos de la norma impugnada y la intervención del ministro de Industria, José Manuel Soria, en el debate de convalidación del Congreso, las medidas contenidas en el real decreto-ley recurrido sirvieron para hacer frente al "aumento imprevisto del déficit tarifario" causado por los efectos de la crisis económica, esto es, por la caída de la demanda de energía eléctrica y por el incremento general de los costes del sistema eléctrico.

La sentencia rechaza también la denuncia de vulneración de principio de jerarquía normativa, al señalar que "no corresponde a este Tribunal determinar la compatibilidad o no de un precepto legal con un tratado internacional, ni éstos pueden erigirse en normas fundamentales y criterios de constitucionalidad". Además, el fallo también rechaza que las modificaciones en el régimen retributivo de las energías renovables contenidas en el derecho recurrido vulneren el principio de seguridad jurídica. A este respecto, explica que este principio, así como el de confianza legítima, no protegen "de modo absoluto la estabilidad regulatoria, ni la inmutabilidad de las normas". "Dicha estabilidad regulatoria es compatible con cambios legislativos cuando sean previsibles y derivados de exigencias claras del interés general", añade.

Por otra parte, considera que la demanda tampoco justifica en qué medida la norma puede "generar confusión o incertidumbre en su aplicación", ya que de hecho, añade, el decreto recurrido especifica expresamente los parámetros y criterios que permiten determinar de manera objetiva los conceptos jurídicos de "rentabilidad razonable" y "empresa eficiente o bien gestionada", conceptos que constituyen las condiciones que deben cumplirse para la aplicación de las retribuciones adicionales y que los recurrentes consideran "indeterminados".

Argumentos "insuficientes"

Por su parte, en el voto particular, los magistrados expresan su acuerdo con el fallo de la sentencia, aunque no así con los argumentos, que consideran "insuficientes" en lo que se refiere al principio de confianza legítima y a su significado constitucional como "elemento integrante de los principios de seguridad jurídica y de irretroactividad de las normas sancionadoras o restrictivas de derechos individuales, de responsabilidad y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, consagrados en el artículo 9.3 CE".

La sentencia supone un respaldo para Industria, después de las acciones judiciales llevadas a cabo tanto en el ámbito nacional como el internacional contra el recorte a las renovables. De hecho, la Corte de Arbitraje se encuentra pendiente de analizar las demandas de hasta 15 grandes inversores que han actuado contra el Ejecutivo por los cambios en el sistema de las renovables.

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