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La jueza considera que el caso debía haberse denunciado por vía administrativa. SUR
Una jueza archiva la denuncia del PSOE contra las ayudas concedidas por el PP para mejoras en edificios

Una jueza archiva la denuncia del PSOE contra las ayudas concedidas por el PP para mejoras en edificios

La sentencia acusa a la parte denunciante de haber sido «incapaz de determinar el precepto legal incumplido» en el acuerdo de concesión de las subvenciones, otorgadas semanas antes de las elecciones de 2015

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Miércoles, 29 de mayo 2019, 12:15

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Torremolinos ha archivado la denuncia presentada por el concejal de Bienestar Social del Ayuntamiento, Pedro Pérez (PSOE), a la que se sumó la Fiscalía, por las ayudas concedidas en la anterior legislatura para mejoras en edificios. Estas subvenciones, que casi alcanzaban los 400.000 euros, fueron otorgadas por el equipo de gobierno del PP en 2015. La jueza que lleva el caso abrió diligencias previas y solicitó un informe a la Policía Nacional como parte de la investigación. Ahora declara el sobreseimiento provisional del caso «por no acreditarse hechos con carácter delictivo».

Las ayudas iban destinadas a la rehabilitación de 31 edificios con 658 viviendas y permitieron al exalcalde, Pedro Fernández Montes, convocar reuniones con los vecinos de estas comunidades, donde residen más de 1.500 empadronados, durante las semanas anteriores a las elecciones municipales. Tras el cambio de gobierno producido en junio de 2015, ya con el PSOE en la Alcaldía, un informe de Intervención y Secretaría calificó las subvenciones de «manifiestamente arbitrarias» y advirtió de la existencia de «un fraccionamiento» en los contratos. El Ayuntamiento anuló las ayudas al tener conocimiento de este documento. Los habilitados nacionales denunciaron que las ayudas se concedieron «desbordando la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso».

La jueza, apoyándose en varias sentencias del Tribunal Supremo, sentencia que no se ha acreditado la existencia de prevaricación administrativa y acusa a la parte denunciante de haber sido «incapaz de determinar el precepto legal incumplido» en el acuerdo de concesión de las ayudas: «Otra cosa es que fuera discriminatorio o igualitario en relación a todos los vecinos de la localidad». La sentencia añade que la Ley de Contratos del Sector Público permite el tipo de contratación utilizada en este procedimiento. La magistrada también considera que «no se ha justificado que el resultado de las subvenciones sea materialmente injusto», ya que no hay quejas de las comunidades de propietarias beneficiadas ni de las que supuestamente quedaron discriminadas.

La sentencia sugiere que, en este caso, la vía administrativa hubiera sido más adecuada que la vía penal. Las elecciones municipales se celebraron el 24 de mayo de 2015 y las visitas de Fernández Montes a las comunidades subvencionadas fueron programadas antes incluso de la aprobación de estas ayudas. Así, en diversos portales pudieron leerse durante días notas informativas donde se reclamaba la mayor asistencia posible de vecinos a los encuentros con el entonces alcalde «para que perciba el máximo interés por nuestra parte». En varias de estas notas figuran frases como «Se ruega la asistencia de todos los vecinos en el portal» o «Se ruega que estén el máximo número de vecinos para recibir al alcalde».

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