La Junta moderniza la gestión de sus espacios forestales con una nueva Ley de Montes
El texto renueva la antigua norma de 1992 y apuesta por una gestión sostenible que fomentará el desarrollo rural y responderá a los retos del siglo XXI como el cambio climático
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Montes de Andalucía que tiene como objetivo preparar al sector forestal para los ... retos del siglo XXI, adaptando la normativa autonómica a los cambios sociales, económicos y tecnológicos que se han producido en las tres últimas décadas.
El texto, que será remitido a partir de ahora al Parlamento andaluz para su tramitación y aprobación definitiva por el procedimiento de urgencia, renueva a la antigua Ley Forestal de Andalucía hasta ahora vigente y que data de 1992, anterior incluso a la estatal de 2003, una diferencia temporal que ha generado a lo largo de los años vacíos y duplicidades que era necesario corregir, según la consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García.
La consejera apuntó que la previsión es que la ley pueda quedar aprobada en el Parlamento antes de que finalice la actual legislatura durante el próximo año 2026. La actualización de la norma responde también al mandato del Plan Forestal Andaluz 2030, que en su adecuación más reciente subraya la urgencia de revisar en profundidad el marco normativo forestal andaluz.
Catalina García afirmó que «el objetivo es construir una legislación coherente, moderna y eficaz, que facilite la gestión sostenible de los montes y contribuya al desarrollo del medio rural», además de subrayar que «la norma ha sido fruto de un proceso participativo en el que han intervenido administraciones, entidades locales, asociaciones, colectivos profesionales y ciudadanía».
La futura Ley de Montes se estructura en siete títulos, con 144 artículos, además de disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales. Su organización responde a un enfoque que permite articular de manera coherente los diferentes ámbitos que integran la política forestal andaluza, reforzando su conexión con la normativa estatal y europea.
El texto impulsará la colaboración entre administraciones, de forma que consolidará los convenios de cooperación entre la administración forestal autonómica y las entidades locales, garantizando la autonomía municipal y la corresponsabilidad en la gestión de los montes de titularidad local.
En el ámbito de la participación pública, se crea el Consejo Andaluz de Política Forestal y Biodiversidad, que sustituye al anterior Consejo Andaluz de Biodiversidad, amplía sus funciones y se adapta a las exigencias actuales de planificación, gestión y conservación.
El texto corrige además la peculiaridad introducida en 1992 con la creación del Catálogo de Montes de Andalucía, que ahora pasa a denominarse Registro de Montes Públicos de Andalucía. La nueva denominación, según la Junta, «evita confusiones y establece una distinción clara entre los montes de carácter demanial y los patrimoniales», cada uno con su régimen jurídico propio.
También se unifica el sistema de usos y aprovechamientos, así como las normas de deslinde y recuperación posesoria, y se determina que todos los montes de titularidad autonómica se incluyan en el registro, reforzando su protección y garantizando su preservación como patrimonio forestal de todos los andaluces.
La norma introduce la figura del monte protector para los terrenos privados, en consonancia con la legislación básica estatal. Este reconocimiento permite incentivar la conservación de estos espacios mediante ayudas específicas y beneficios para sus titulares, fomentando una gestión más sostenible.
En materia de información forestal, la norma incorpora por primera vez un título completo dedicado a la recopilación de datos, estadística y extensión forestal, y el texto aborda, igualmente, la recuperación del Fondo de Mejoras, una figura crucial para la gestión de montes públicos catalogados, que se regula en la nueva ley dentro del marco legislativo básico.
La futura ley reconoce el papel fundamental de las ciencias forestales como base del conocimiento y de la gestión sostenible, así como con ella «se promueve la investigación, la experimentación y la transferencia tecnológica», incorporando el uso de nuevas técnicas vinculadas a la digitalización y la inteligencia artificial en la conservación y administración de los montes.
En esta línea, se prevé la creación de la Red Muestra, integrada por montes públicos y privados que sirvan de ejemplo de gestión sostenible», y el desarrollo de un Programa de Divulgación Forestal que «acerque este conocimiento a la sociedad.
La formación y la educación forestal también adquieren protagonismo, impulsando la red de centros de capacitación y experimentación como espacios para la formación de profesionales del sector y la actualización de conocimientos técnicos.
Asimismo, la estrategia territorial se actualiza con una nueva delimitación de las comarcas forestales, mientras que, en materia de gestión forestal sostenible, la ley abre la puerta a nuevos modelos tipo de planificación y fomenta la certificación forestal, e incorpora un mecanismo innovador para que los productos forestales con valor de mercado generados en actuaciones de mejora computen en el presupuesto de la intervención, reduciendo el gasto público y poniendo en valor los recursos del monte como motor de bioeconomía rural.
Por otro lado, la simplificación administrativa es uno de los «pilares» del texto, de forma que muchos procedimientos de autorización se sustituyen por declaraciones responsables. Asimismo, el texto refuerza el apoyo a la ganadería extensiva, reconociendo su importancia en la conservación de los ecosistemas forestales y en la prevención de incendios.
La gestión forestal sostenible se contempla también como una herramienta esencial en la lucha contra el cambio climático, y la ley considera las actuaciones de repoblación, restauración y selvicultura activa como proyectos de absorción de emisiones, en línea con la normativa climática andaluza y estatal.
En esta norma se regula por primera vez el concepto de servicios ambientales, estableciendo las bases para un sistema justo de compensación a los titulares de terrenos forestales por los beneficios que sus montes aportan a la sociedad, como la captura de carbono, la protección del suelo o la regulación hídrica.
La ley dedica especial atención a la prevención y restauración frente a los incendios forestales, reforzando el marco normativo que ya establece la Ley de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales de 1999. En el ámbito del fomento forestal, se incentiva la actividad de empresas, industrias y cooperativas que cuenten con personal cualificado, y se crea el Registro Andaluz de Empresas, Industrias y Cooperativas Forestales.
También el texto promueve ayudas específicas para la renovación del parque de maquinaria forestal, el desarrollo de la innovación y la digitalización, y la mejora de la competitividad de las industrias andaluzas vinculadas a la madera, el corcho y otros productos forestales.
Por último, se impulsa la colaboración público-privada mediante la creación de entidades selvícolas de colaboración que facilitarán la ejecución de actuaciones de gestión forestal sostenible por cuenta de la administración o de los titulares de los montes, mejorando los plazos de resolución y optimizando resultados, y establece un régimen de responsabilidades proporcionado y equilibrado, orientado a prevenir, minimizar o restaurar los daños que puedan producirse, reforzando la defensa de la integridad de los montes andaluces.
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