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SEMANA SANTA MARBELLA

El Ayuntamiento aprueba una subvención de 60.000 euros para las cofradías

La justifica en el «interés público, social, cultural y popular» y en el reclamo turístico de las procesiones

CRISTINA GONZÁLEZ

Martes, 10 de marzo 2009, 03:16

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El Ayuntamiento, a propuesta de la alcaldesa, Ángeles Muñoz, ha aprobado la concesión de una subvención de 60.000 euros a la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Marbella, San Pedro Alcántara y Nueva Andalucía, que se repartirá entre cada una de las hermandades integrantes, «al objeto de poder cubrir parte de los gastos derivados de la ejecución de las procesiones de Gloria y de Pasión, incluyendo los gastos organizativos y corrientes», según reza el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del pasado 24 de enero, al que ha tenido acceso este periódico.

En el acta consta que la propia agrupación solicitó por registro de entrada del Ayuntamiento esta ayuda económica doce días antes (el 12 de febrero) de que se le diera luz verde a la subvención, que se distribuirá equitativamente entre cada una de las hermandades y cofradías. De hecho, las beneficiarias tendrán que justificar, con documentación, el uso que den a los fondos recibidos. El plazo máximo para acreditar el destino de las partidas, según recoge el acuerdo, será el 31 de marzo de 2010, tres meses después de que concluya 2009.

En su propuesta ante la Junta de Gobierno Local, la alcaldesa destacó que para la concesión de la citada subvención se acreditan razones «de interés público, social, cultural y popular, implicando a los vecinos de Marbella y San Pedro Alcántara y al mismo tiempo sirviendo de reclamo de interés turístico». Precisamente en este punto, el informe de Intervención alertó de que para conceder la citada ayuda económica, con cargo a la partida destinadas a organismo sin ánimo de lucro del presupuesto municipal, «no se ha seguido el procedimiento ordinario». Esto es, que hubiese sido necesario la apertura de un periodo para que los posibles interesados en acceder a la subvención hubieran presentado solicitudes.

Sin embargo, acto seguido reconoce la excepcionalidad para conceder subvenciones de forma directa en los casos que se acredite el interés público, social, económico o humanitario. Sobre si es o no un caso de interés público, recuerda que es un «concepto jurídico indeterminado» al libre criterio del propio equipo de gobierno.

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