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Las claves de la suspensión de Errejón

El político de Podemos y el director del proyecto tienen ahora un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que consideren oportunas al expediente

Francisco Gutiérrez

Jueves, 4 de diciembre 2014, 13:04

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Los protagonistas: Íñigo Errejón, secretario de Política de Podemos. En marzo del año pasado consigue un contrato de trabajo en la UMA, para trabajar en el proyecto 'La vivienda en Andalucía. Diagnóstico, análisis y propuestas de políticas públicas para la desmercantilización de la vivienda'. Alberto Montero, profesor de Economía de la UMA y director del proyecto de investigación, miembro de la dirección nacional de Podemos, que contrata a Errejón para trabajar en el mismo.

El contrato. Errejón percibe 1.825 euros brutos al mes, por 40 horas semanales de trabajo en el proyecto. El contrato se renueva cada tres meses, desde marzo de 2014, hasta finalizar el proyecto, en junio de 2015. Errejón ya anunció al director que en diciembre lo tendría que dejar al asumir puestos de responsabilidad en Podemos.

Expediente informativo. Lo encarga la rectora, Adelaida de la Calle, después de que distintas informaciones periodísticas señalen que Errejón no cumplía con su contrato de trabajo, que estipulaba 40 horas de trabajo semanales en la Universidad.

Instructor. El expediente informativo se inicia el 21 de noviembre por la Inspección de Servicios de la UMA, que dirige Enrique Caro, profesor titular del departamento de Estadística e Investigación Operativa de la Facultad de Ciencias.

Informe. La instrucción realizada por el profesor Caro consiste en el análisis del contrato de Íñigo Errejón, así como en entrevistas tanto al becario como al director del trabajo, el profesor Alberto Montero.

Decisión de la UMA. Suspende de empleo y sueldo a Errejón. Las consecuencias económicas no son importantes, ya que el 16 de diciembre dejaba el proyecto. Al profesor Alberto Montero se le abre expediente disciplinario.

Motivación. Se basa el instructor en el incumplimiento del contrato, que se fijaba un horario de trabajo, a desarrollar en Málaga. No se han tenido en cuenta las alegaciones del director, que justificó que había autorizado a Errejón a trabajar en Madrid.

Alegaciones. Los afectados tienen un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que consideren oportunas.

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