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Miércoles, 28 de febrero 2018, 00:57
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El Consejo de Gobierno aprobó ayer una modificación al decreto que regula la actividad de las agencias de viajes en Andalucía para reforzar las garantías de los consumidores y para simplificar los trámites para presentar reclamaciones.
La principal novedad, sobre la norma que data de 2002, se centra en el régimen de garantía que tienen que constituir las agencias «para responder al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de un viaje combinado, así como las condiciones del reembolso efectivo de los pagos si fuera necesario, especialmente en caso de insolvencia», señaló la Consejería de Turismo.
Concretamente, a partir de ahora las agencias de viajes tendrán que constituir, con anterioridad al ejercicio de la actividad, una garantía de responsabilidad que podrá tener tres modalidades: individual, mediante seguro, aval u otra cobertura financiera por un importe de al menos 100.000 euros; colectiva, a través de las asociaciones empresariales del sector, y por cada viaje combinado, contratada para cada persona usuaria, precisaron.
La nueva norma señala que «en el momento en que el viajero efectúe el primer pago a cuenta del precio del servicio, la agencia deberá facilitar un certificado que acredite el derecho a reclamar, el procedimiento y los plazos para hacerlo efectivo, así como sus datos de contacto».
Las 1.646 agencias de viajes mayoristas y minoristas que figuran en el Registro de Turismo de Andalucía dispondrán de un plazo de dos meses para adaptarse al decreto, que también estipula que, cuando la realización del viaje se vea afectada por la insolvencia de la empresa, la garantía cubrirá sin coste adicional las repatriaciones y, en caso de que sea necesario, el alojamiento previo a las mismas.
A partir de ahora, los reembolsos se efectuarán en un plazo no superior a un mes, previo requerimiento de la persona afectada.
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