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Las dudas más frecuentes de los viajeros a la hora de volar

Las dudas más frecuentes de los viajeros a la hora de volar

El organismo que vela en España por el cumplimiento de los derechos de los pasajeros ha reunido las preguntas más habituales

Pilar Martínez

Domingo, 10 de julio 2016, 13:38

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Las dudas siempre asaltan a la hora de reservar un vuelo o a la llegada a un aeropuerto, que suele generar una buena dosis de estrés. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, que vela por el cumplimiento de la normativa europea de los derechos de los pasajeros y que es la única que puede mediar entre el viajero y las compañías en reclamaciones por cancelaciones o retrasos, ha reunido las preguntas más frecuentes:

-¿Si no permiten embarcar porque mis datos de la tarjeta de embarque no coinciden exactamente con los del documento de identificación (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia)?

-Se debe comprobar que los datos que vienen en el billete o en la tarjeta de embarque coinciden con los del documento de identificación que vamos a mostrar, ya que la compañía aérea puede denegarnos el embarque si esos datos no coinciden, o falta algún dato. La Ley de Navegación Aérea considera la tarjeta de embarque como un documento nominativo e intransferible. Por ello, la compañía debe cumplir las normas de seguridad de acceso al avión.

-¿Por qué no se puede cambiar ni devolver el billete?

-Antes de comprar un billete hay que asegurarse de las condiciones que ofrece la tarifa que se adquiere, una vez que las condiciones pueden variar en caso de que necesitemos cambiar la fecha, la titularidad del billete o el reembolso en caso de cancelación. Debemos asegurarnos si nos permite realizar cambios o devoluciones. En el caso de que la tarifa permita cambios o devoluciones y la compañía no cumpla las condiciones, se puede recurrir a los Tribunales de Justicia, ya que al tratarse de un asunto privado relativo a las condiciones de un contrato de transporte esa es la vía legal para hacer valer los derechos del viajero.

-¿Qué hacer cuando cancelan el billete de vuelta porque no se usa el de ida?

-Cuando se compra un billete de avión de ida y vuelta, se firma un contrato de transportes que contiene la cláusula llamada «No Show», que consiste en la anulación del billete del trayecto de vuelta si no se ha utilizado el billete de ida. En ese caso, póngase en contacto con la compañía para intentar resolverlo. Si no está de acuerdo con esta cláusula, la solución es acudir al Tribunal de lo Mercantil de su localidad.

-¿Qué hacer cuando la compañía cobra por la tarjeta de embarque?

-La compañía tal como pone en el contrato de transporte suscrito al comprar un billete puede cobrar una comisión por emitir la tarjeta de embarque en la zona de facturación del aeropuerto. Aunque esta cláusula puede constar en el contrato de transportes, en ocasiones puede resultar abusiva y por tanto nula. Para ello, en caso de no estar de acuerdo con la cláusula puede acudir al Tribunal de lo Mercantil.

-¿Y si cobran por el equipaje?

-Las compañías aéreas, tal como indica la jurisprudencia europea, no pueden cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano, al ser considerado como un elemento indispensable del transporte de los pasajeros, siempre y cuando éste cumpla las medidas establecidas por la compañía aérea. Sin embargo, el equipaje facturado no se considera un servicio obligatorio, por lo que las compañías aéreas pueden establecer un suplemento, pero el precio tiene que indicarse en la compra final.

-¿Qué hacer si en el último momento cambian la compañía aérea?

-La empresa a través de la que se ha comprado el billete de avión, independientemente de que la reserva la hiciese online o de forma física en una agencia de viajes, está obligada a informar al pasajero adecuadamente, en tiempo y forma, de la identidad de la compañía aérea con la que va a volar. Si no lo hace, el pasajero podrá reclamar.

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