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MÁLAGA
Oxford College English - Oxford College English
Dos sentencias obligan a condonar la deuda a los alumnos afectados por el cierre de dos academias de inglés en Málaga
Los contratos se han declarado nulos al entenderse que los afectados no están obligados a pagar un servicio que no reciben
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Dos sentencias judiciales han obligado a las entidades financieras Unicaja y Santander Central Hispano a condonar la deuda de los alumnos afectados por el cierre de dos academias de inglés en Málaga, derivada de los contratos de financiación de dichos cursos.
La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) informó hoy de que estos contratos han sido declarados nulos, dado que los alumnos "no están obligados al pago de un servicio que no reciben, como tampoco pueden ser incluidos en el registro de morosos".
La primera de las sentencias, que afecta a dos alumnos de la academia Oxford College English, fue emitida por el Juzgado de Primera Instancia número diez de Málaga y en ella se ordena la disolución del contrato de financiación de Unicaja vinculado a los cursos impartidos por esta escuela, cerrada en 2003.
El segundo caso corresponde a la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Málaga por la que el pasado abril se declaró la nulidad del contrato firmado por un alumno de la Cambridge English School, en quiebra desde 2003, con el banco Santander Central Hispano.
Ambas resoluciones se suman a otras once dictaminadas este año en Málaga en relación al mismo asunto, informó hoy en rueda de prensa el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez.
Martínez advirtió de que "si no es a través de la vía judicial los bancos no resuelven los contratos, ya que lo que pretenden es desalentar a los consumidores".
Añadió que, aunque las propias entidades deberían cancelar el cobro de estos servicios directamente, "tratan de poner trabas porque les resulta rentable, ya que, al final sólo uno de cada diez alumnos acaba reclamándolo".
Según Ausbanc, "todas las demandas se resuelven siempre de forma positiva para los consumidores", porque les ampara la Ley de Crédito al Consumo que prevé la posibilidad de disolver los contratos concertados con entidades bancarias para adquirir un servicio cuando éste quede suspendido, y devolver las cantidades abonadas desde el cierre de las academias.



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