LA redacción del Estatuto catalán esta prácticamente concluida, y en todo caso no es probable que se introduzcan cambios significativos en la Cámara Alta. Conviene, pues, fijar algunas reflexiones sobre el resultado.
1.-El nuevo Estatuto catalán establece el nuevo esqueleto legal de la autonomía catalana, con una particularidad: puede darse por cierto que el modelo del Estado de las Autonomías ya no da más de sí y que la descentralización ha llegado al máximo. 2.-Este carácter de 'Estatuto máximo' estimulará lógicamente las demandas de las demás comunidades autónomas. Cabe, pues, esperar que se ponga en marcha un proceso de reforma territorial.
3.-Se ha roto, ciertamente, el consenso constitucional porque el PP no ha participado en la construcción de la reforma estatutaria catalana, pero probablemente este hecho no sea dramático y sí subsanable. 4.-El 'tripartito', impulsor principal del Estatuto, ha quedado severamente tocado, y todo indica que se avecinan unas elecciones anticipadas. El referéndum de ratificación en Cataluña tendrá lugar el 18 de junio, y no sería de recibo que ERC propugnase el 'no' o la abstención, en tanto sus dos socios apuestan por el 'sí'. Obviamente, la hipótesis de unas elecciones anticipadas favorece sobre todo a CiU, que capitalizará sin duda su brillante papel en el proceso estatutario.
5.-El nuevo Estatuto de Cataluña ha quedado notoriamente por debajo del vasco, sobre todo porque no ha conseguido arañar parcelas de soberanía financiera.
En definitiva, quienes pensaban que la tramitación del Estatuto de Cataluña crearía una 'vía catalana' que resultaría accesible también para el País Vasco una vez erradicada la violencia se han equivocado absolutamente: la autonomía de Euskadi no es ampliable (salvo, quizá, en algunas competencias poco relevantes). Euskadi está ya en el límite de sus posibilidades de autogobierno, como también lo está -ya- Cataluña tras el forcejeo recién escenificado en la Comisión Constitucional.
6.-Con toda probabilidad, el Partido Popular llevará el Estatuto catalán al Tribunal Constitucional. La creencia general es que el TC puede modificar algunos aspectos secundarios del texto, que no lo desnaturalizarán, aunque en esencia se ajusta a la Carta Magna.