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La reforma de la Plusvalía

Es complejo establecer un modelo tributario uniforme en España y más en la Plusvalía, pues la fiscalidad municipal es el 'todo' de un conjunto de recursos, formados por impuestos, tasas y precios

JUAN MANUEL RUIZ GALDÓN. PROFESOR DE HACIENDA PUBLICA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA. ECONOMISTA

Sábado, 7 de octubre 2017, 10:18

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Mucho se lleva escrito sobre la llamada, coloquialmente, Plusvalía municipal. Comenzaron los Tribunales, hace unos años, precisamente cuando cayeron los precios de la propiedad inmobiliaria como consecuencia de la crisis del 2008, para finalizar con la Sentencia del Tribunal Constitucional de mayo pasado, ordenando su reforma al legislador.

Mientras, el Gobierno de España había solicitado, a un comité de expertos, que formulara 'sugerencias' para la reforma de la Hacienda Local y de las que ya tenemos conocimiento, entre ellas encontramos algunas sobre la Plusvalía. Por tanto, se solaparán estas 'sugerencias' con la propuesta que, en su momento, eleve el Ministerio de Hacienda para dar cumplimiento al fallo constitucional. Dicha propuesta pasará por retocar los arts. 104, 107 y 110 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en un intento de dejar fuera de sujeción los casos en los que quede demostrada la inexistencia de incrementos de valor del terreno urbano, así como cambiándose la formula de cálculo de la actualización de la base imponible. No obstante, quedarán zonas grises que resolver. En especial, cómo se demostrará la inexistencia de incremento del valor y la merma de ingresos que representará para las arcas municipales. Debo apuntar que esta reforma beneficiará a un buen número de contribuyentes, pero, de forma notable, a las grandes constructoras y promotoras.

Reforma a la que se une una nueva 'debilidad': el debate que, en estos días, se viene produciendo sobre la Plusvalía que grava las transmisiones mortis causa, y que se quiere vincular a los cambios producidos en el Impuesto de Sucesiones en Andalucía, cuando ambas figuras tributarias no tienen nada en común. El carácter potestativo del impuesto local y los amplios márgenes de actuación con que cuentan los Ayuntamientos, hacen que nos encontremos ante una regulación diferente y heterogénea en cada uno de ellos (diferencias en los tipos de gravamen, en los porcentajes de actualización de la base imponible y sobre todo en los requisitos para aplicar beneficios fiscales en su modalidad mortis causa).

Pero sin duda, la preocupación social más importante es la fiscalidad local que soporta la 'vivienda habitual'. La ciudad de Málaga mantiene, en el IBI, unos de los tipos de gravamen más bajos de España, el 0,45%. Municipios limítrofes, como Torremolinos o Rincón de la Victoria, aplican un 0,98% y un 0,96% respectivamente o capitales andaluzas, como Sevilla o Cádiz, un 0,73% y un 0,84%. Si analizamos 'cuotas medias' del IBI en vivienda, volvemos a encontrar grandes diferencias, que van desde los 303 euros al año en Málaga a los 830 en Benahavis, 810 en Espartinas, 582 en Torremolinos y 474 en Cádiz. A estas cuotas habría que sumarles las de la Tasa de basura doméstica que, en la ciudad de Málaga, no está implantada, por lo cual las diferencias se incrementarían de manera notable.

Si queremos comprobar la 'carga fiscal por habitante', suma de los ingresos de los capítulos 1,2 y 3 de los Ayuntamientos andaluces, Málaga ocupa el puesto 128, con 549 euros, mientras Casares, con 3.814 euros, es el primero. Respecto de los 27 municipios de más de 50.000 habitantes de Andalucía, nuestra ciudad ocupa la decimoctava posición.

Sobre los datos de la Plusvalía mortis causa en la ciudad de Málaga, es preciso señalar que, en 2016, representó el 30,6% del importe total liquidado, y que, en 2015 y 2016, se han incrementado en un 82%, el número a las que se aplica bonificaciones, resultado con ello un aumento del 102% del importe bonificado. Si sumáramos las cantidades que, por ayudas al IBI, se han concedido a los contribuyentes de Plusvalía, el incremento en número se elevaría al 200% y en importe al 126%. En 2016, casi el 58% de las cuotas estuvo por debajo de 750 euros, que sube al 80% respecto a cuotas de menos de 1.500 euros.

Es complejo establecer un modelo tributario uniforme en España, y, más concretamente, en la Plusvalía, pues la fiscalidad municipal es el 'todo' de un conjunto de recursos, formados por impuestos, tasas y precios. Estamos ante vasos comunicantes que hacen que, si se modifica una de estas figuras, automáticamente varíen las otras. Ello es fruto de la obligación de los Gobiernos municipales, independientemente de su signo político, de mantener el nivel de servicios demandados, garantizando la sostenibilidad del Estado del bienestar que deseamos, y posibilitando la solidaridad con los pueblos que piden ser acogidos en nuestras ciudades.

Quizás, por ello, lo recomendable sea planificar una reforma 'gradual' de la Plusvalía, más allá de la que deba producirse por mandato del Tribunal Constitucional. Como puso de manifiesto Eric Hobsbawn, uno de los historiadores que mejor marcaron el siglo XX y pensador marxista, «La paradoja del comunismo es que en el poder resultó ser conservador». Sabias palabras que hemos de tener siempre presente en el ámbito tributario. En caso contrario, como comentaba mi amigo y filósofo dominicano, Cesar Pérez Núñez, en uno de sus últimos artículos, «Podemos estar al inicio de otro siglo de extremos», ya que la subsistencia de las Haciendas Locales está en juego.

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