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LA TRIBUNA

A Leonor (La primera menor víctima directa de la violencia de género)

Dos años después y gracias a ella se nombran y reconocen como víctimas directas de la violencia de género a los y las menores asesinados por sus padres en casos de violencia contra la mujer

FLOR DE TORRES / FISCAL DELEGADA DE ANDALUCÍA DE VIOLENCIA A LA MUJER. FISCAL DECANA DE MÁLAGA

Sábado, 26 de noviembre 2016, 09:52

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"Como no me den la custodia compartida te arranco la piel a tiras, como me quites la custodia compartida aunque sea lo último que te haga, te meto una hostia aquí mismo, mentirosa de la hostia, esto va a acabar mal para todos, perra de la hostia, te va a tocar la gorda, la gorda te va a tocar".

Estas son las palabras que el padre de dos menores le manifestó a la madre el día 6 de enero de 2015 cuando a las 20 horas le fueron entregados sus hijos para dar cumplimiento al régimen de visitas.

Hechos que han sido objeto de condena por amenazas y que se intercalaron en el cumplimiento del régimen de visitas del padre hacia sus hijos menores de edad. Hoy algo incompatible. El Tribunal Supremo en una reciente sentencia de fecha 4 de febrero de 2016 así lo establece.

Y lo hace sobre los parámetros legales del interés superior de esos menores. De esos hijos que se han sobreexpuesto a la violencia de género. Multiplicando sus secuelas por vivirla y por estar condenados a seguir en ella, en cada entrega del régimen de visitas.

Esta interpretación sitúa a los y las menores como destinatarios indiscutibles de un bien superior: El interés prioritario que seamos garantes siempre de su integridad física y psíquica. Y el derecho a ser visibles y oídos en los procesos.

Es un principio superior reforzado por la actual Ley de Infancia y Adolescencia (LO 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia) ya que en su Artículo 2 nos exige garantizar un entorno para nuestros menores libre de violencia. Y en el Código Civil pues en su artículo 92.7 impide tal guarda y custodia conjunta cuando cualquiera de los padres está incurso en un proceso penal incoado por atentar contra la vida física, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos o indicios fundados de violencia.

Es el interés superior del menor aquel que marca su integridad física y psíquica. El que le prima ser oído en primera persona. El que lo mantiene alejado de la violencia de género porque redunda de forma directa, irremediablemente y con consecuencias victimológicas en su desarrollo posterior.

Conocí a Leonor sin vida. Fue la primera víctima legal y directa de la violencia de género siendo menor de edad y en un caso idéntico. Y lo hice por defender sus derechos invisibles como menor víctima directa de la violencia de género. Derechos silenciados como ella. Y quise a Leonor a través de su madre Pilar: mujer víctima de la violencia de género.

Leonor ha sido reconocida así no solo legalmente sino desde la Delegación del Gobierno de Violencia a la mujer. Ella fue asesinada con tan sólo 7 años. Y se hizo en el cumplimiento de un régimen de visitas tras ser su padre condenado por amenazas hacia su madre Pilar.

Ocurrió el 31 de marzo de 2013 en el pueblo de Campillos. Ese día Leonor fue asesinada por su padre. En silencio y sin defensa. Alevosamente. Lejos de su madre, Pilar, pero con el inequívoco fin de amplificar su dolor como víctima de violencia de género. Ejecutando así el acto más doloroso e insoportable a una madre víctima de la violencia de género.

Por Auto de la Audiencia de Málaga de 22 de julio de 2014 se aceptaron finalmente las tesis de la Fiscalía de violencia a la mujer que yo representaba y por las que postule en nombre de Leonor más de un año en diversos juzgados para que su asesinato fuera un caso de violencia de género y no de violencia doméstica.

Dos años después y gracias a Leonor se nombran y reconocen como víctimas directas de la violencia de género a los y las menores asesinados por sus padres en casos de violencia contra la mujer en toda España. Muchos de ellos en régimen de visitas. Su asesinato cambio la perspectiva y el enfoque de la violencia a los menores, modificó leyes y nos dotó de sentencias como la que les refiero del Tribunal Supremo.

Hoy Pilar, la madre de Leonor, es no solo víctima de la violencia de género sino madre de la primera víctima mortal de la violencia de género que es menor de edad y a su vez hija del maltratador.

Pilar me pide que por favor hablemos de Leonor. Que esté presente. Que la nombremos. Hoy sé que esa madre rota que lucha contra la tragedia que le ha tocado vivir sentirá que la vida de su hija con solo 7 años al menos nos sirvió para alumbrar la violencia de género que no veíamos pero que estaba ahí. Invisible. Presente a través de los hijos de la violencia de género que han de cumplir un régimen de visitas de padres condenados por amenazas y que hoy el Tribunal Supremo no ampara.

Casos como el de Leonor son ejemplos de violencia de género proyectada a través de los hijos. Es la cara más terrible de la violencia sobre la mujer: La que se ejerce ante nuestros menores como forma de amplificar la violencia a la mujer. Destruyamos esta violencia que pasa de padres a hijos eliminando su germen.

Sé que estas palabras en la memoria de Leonor no devolverán la vida a una niña de 7 años. Ni la fuerza a una madre rota. Pero tal vez a Pilar le traerán la esperanza, como ella me dice siempre, que la vida de Leonor haya servido para nombrar el maltrato infantil de género a través de los hijos.

Y también servirá para tener presentes siempre a los menores de la violencia de género asesinados por sus padres y que hacen la insoportable cifra nunca actualizada por reiterativa de 44 menores en una década y más de la mitad 27 en su régimen de visitas.

A cada uno de esos menores, a su memoria, al recuerdo de sus cortas vidas y la vida de Leonor una hija de la violencia de Campillos van estas emocionadas reflexiones. Y a Pilar siempre mi admiración y cariño. No. No estás sola aunque el dolor sea insoportable.

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