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Luis Bárcenas. Efe
La Fiscalía reitera la absolución del PP en los ordenadores de Bárcenas

La Fiscalía reitera la absolución del PP en los ordenadores de Bárcenas

Considera que el partido no cometió daños informáticos y no ha quedado demostrado que hubiera información relevante para la causa de la ‘caja B’

Mateo Balín

Madrid

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Lunes, 29 de enero 2018, 14:37

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La Fiscalía Provincial de Madrid ha presentado un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid en el que reitera, como lo ha hecho a lo largo de toda la fase de instrucción, que no se ha acreditado el delito de daños informáticos ni el de encubrimiento que sostienen las acusaciones populares, Observatorio de Derechos Humanos, Izquierda Unida y Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade).

En consecuencia, considera que se debe excluir de cualquier tipo de responsabilidad penal al Partido Popular sobre el borrado de los ordenadores del que fuera su tesorero nacional Luis Bárcenas. Para la Fiscalía, no ha quedado acreditado cuál era la información que contenía los ordenadores ni que dicha información fuera “relevante” para los hechos que se investigaban.

En síntesis, la Fiscalía entiende que ha dado que Bárcenas desistió de ejercer la acción penal por este hecho, lo que conlleva la pérdida de su condición de acusación particular, las acusaciones populares carecen de legitimación para pedir la apertura de juicio oral por un delito de daños informáticos, en el que no concurre interés general que proteger.

Esto es, solicita que en este caso se aplique la doctrina del Tribunal Supremo sobre la interpretación del artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: sentencias 1045/2007, conocida como 'doctrina Botin', y 54/2008 y 8/2010, o la llamada 'doctrina Atuxa'.

Sobre el delito de encubrimiento, sostiene que este tipo penal no es aplicable a una persona jurídica sino que la ley sólo prevé que sea aplicable a una persona física.

No afectó a la investigación

En su escrito de conclusiones absolutorias, el Ministerio Público recuerda que en la etapa de Bárcenas como tesorero del PP se le adjudicó un despacho en la sede de dicha formación política para su utilización “exclusiva” y “personal” donde guardaba diferentes objetos, entre ellos dos ordenadores personales, cuya propiedad no se ha podido acreditar.

Pese a que le extesorero del PP denunció a la formación política de haberse apropiado indebidamente de sus ordenadores, el juzgado de Instrucción número 21 de Madrid le respondió que para realizar una exigencia de tales características antes debía acreditar que los ordenadores eran suyos y que utilizara otra vía para reclamarlos.

Cuando Bárcenas fue interrogado en el marco del procedimiento se desdijo de sus anteriores declaraciones y señaló que en los ordenadores había datos de contabilidad e incluso aportó un 'pen drive' “sin poder precisar en dicha declaración la información que guardaba en el Macinstosh, ya que cambió de disco duro en el mes de octubre de 2012”.

En suma, según la Fiscalía de Madrid, dirigida por José Javier Polo, “no ha quedado acreditado cuál era la información que contenían los ordenadores”, “no se ha podido comprobar que la información contenida en el 'pen drive' procediera de los citados ordenadores ni que fuera relevante paras las diligencias de la Audiencia Nacional ni para otra investigación policial” y, por último, “tampoco se ha acreditado que el borrado ni formateo de dichos discos duros de los citados ordenadores haya causado daño grave a Bárcenas o a ninguna investigación judicial”.

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