Borrar
Alberto Ruiz Gallardón.
Archivan la causa contra Gallardón por irregularidades en la M-30

Archivan la causa contra Gallardón por irregularidades en la M-30

La juez María Luisa Lázaro Trueba incoa diligencias previas y acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones "no quedando debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna"

EFE

Martes, 30 de mayo 2017, 14:10

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Juzgado de Instrucción número 44 de Madrid ha acordado el archivo de la causa que investiga al exalcalde de Madrid Alberto Ruiz Gallardón por supuestas irregularidades en el mantenimiento de los túneles de la M-30. En el auto, al que ha tenido acceso Efe, la juez María Luisa Lázaro Trueba incoa diligencias previas y acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones "no quedando debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna".

No obstante la decisión no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de reforma ante la juez y de apelación ante la Audiencia Provincial, lo que ya ha efectuado el partido político Contrapoder, que fue el que presentó la denuncia contra Gallardón. En su denuncia, Contrapoder explica que del análisis del informe de la Cámara de Control de Cuentas de Madrid sobre la empresa Madrid Calle 30, prestadora del servicio de mantenimiento de los túneles, se desprende la existencia de delitos de malversación, prevaricación y falseamiento de cuentas públicas por el mantenimiento de la M-30.

Dice que estos delitos le "son imputables a Gallardón en cuanto alcalde de Madrid y máximo responsable municipal en la época en que suceden los hechos (hasta 2011), sin perjuicio de la responsabilidad de otros copartícipes". En nombre de Contrapoder, el abogado Jose Luis Mazón afirma se han omitido los trámites esenciales en la constitución y transformación de la entidad Madrid Calle 30 S.A., -participada en un 80 por ciento por el Ayuntamiento- que ha habido una apropiación indebida de fondos públicos, que no se ha aplicado la Ley de Contratos del Sector Público y que se han falseado las cuentas públicas.

Sin embargo, la juez no ve delito en estas actuaciones y recuerda que "el control económico y presupuestario de los entes autonómicos se ejercer por el Tribunal de Cuentas como por la Cámara de Cuentas en el ámbito que le es territorialmente propio, en este caso Madrid". Y señala que "la actuación de tales entes fiscalizadores se contrae a su propio ámbito competencial, con exclusión en todo caso de aquellos hechos que pudieran ser constitutivos de delito, proponiendo en la correspondiente memoria las medidas a adoptar para la gestión económica y financiera del sector público, lo que se lleva a cabo en el capítulo de recomendaciones contenido en el informe aportado".

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios