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José Antonio Griñán (i) y Manuel Chaves.
El exalto cargo andaluz no enjuiciará a Chaves y Griñán por el caso de los ERE

El exalto cargo andaluz no enjuiciará a Chaves y Griñán por el caso de los ERE

La Audiencia de Sevilla acepta la recusación planteada por el PP al entender que hay apariencia de parcialidad

Cecilia Cuerdo

Jueves, 11 de mayo 2017, 13:16

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El magistrado Pedro Izquierdo, que fuera ex director general de Justicia de la Junta de Andalucía durante cinco años, no enjuiciará finalmente a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por la pieza política de los ERE. La Audiencia de Sevilla ha aceptado la recusación presentada por el PP y el sindicato Manos Limpias al entender que su paso por la administración regional afecta a la apariencia de parcialidad exigida a un tribunal. Y hace hincapié en la necesidad de ser especialmente escrupulosos en la imparcialidad al tratarse de temas de corrupción política, con especial relevancia en la sociedad.

La decisión de la Audiencia supondrá en la práctica que Izquierdo, que fue elegido por doble sorteo primero se seleccionó la sala y luego a los ponentes de la sentenciano formará parte del tribunal, por lo que habrá que elegir un nuevo integrante entre los miembros de la Sección Primera, encargada de la vista oral.

Izquierdo fue alto cargo de la Junta entre 2008 y 2014, justamente coincidiendo con el mandato de ambos expresidentes y varios de los exconsejeros implicados en la causa que investiga los supuestos delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y asociación ilícita por poner en marcha un sistema de ayudas al margen de la ley y con total discrecionalidad y opacidad. Tras ser designado, aseguró que podía cumplir de forma responsable sus obligaciones dado que no tuvo relación directa con los encausados. La Fiscalía Anticorrupción tampoco vio motivo para la incompatibilidad, aunque pidió al juez que autovalorase si en función de su cargo pudo haber conocido procedimientos similares que le llevaran a formarse una opinión previa.

Ahora, no obstante, la sala subraya que en casos de corrupción política, con enorme repercusión social, la confianza de los ciudadanos en la Administración de Justicia se puede ver afectada ante la mínima duda sobre la posible pérdida de imparcialidad de alguno de los miembros del tribunal sentenciador, de ahí que haya que ser especialmente escrupuloso. Y admite que el paso por la Junta como alto cargo acarrea dudas objetivamente justificadas sobre su imparcialidad, dada la relación de dependencia que mantuvo el magistrado ponente con alguno de los acusados, la confianza que en él depositaron para nombrarle para un cargo de gran responsabilidad en la Junta de Andalucía y para mantenerle en él durante más de cinco años. Todo ello, concluye el tribunal genera una justificada percepción de cercanía, confianza y proximidad.

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