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Urdangarin abandona la Audiencia de Palma el pasado 23 de febrero. :: enrique calvo / reuters
Urdangarin ficha mañana en Suiza  en medio de un vacío jurídico

Urdangarin ficha mañana en Suiza en medio de un vacío jurídico

La ley no contempla, pero tampoco prohíbe, que el cuñado del Rey pueda cumplir las medidas cautelares en Ginebra

MELCHOR SÁIZ-PARDO

Martes, 28 de febrero 2017, 00:19

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Iñaki Urdangarin fichará por primera vez este miércoles ante la «autoridad judicial competente de Suiza», tal y como textualmente la definió la Audiencia Provincial de Palma. Ninguno de los jueces, fiscales y penalistas consultados se atreve a afirmar con contundencia que no exista ningún precedente en la vastísima historia judicial española de que un condenado, a la espera de sentencia firme en el Supremo, haya podido cumplir las medidas cautelares fuera de la Unión Europea. Pero tampoco son capaces de enumerar un solo ejemplo que sirva de antecedente del 'caso Urdangarin'. La ley -reconocen- no lo contempla, pero tampoco lo prohíbe. Los expertos no creen que se trate de un privilegio y ven cierto encaje del supuesto del cuñado del Rey en los tratados internacionales firmados por España, pero lo cierto es que los convenios solo contemplan ese trato dentro de la Unión Europea.

Todo lo que rodea la comparecencia de Urdangarin sigue siendo un misterio. A día de hoy se desconoce cómo gestionará esta patata caliente la «autoridad judicial competente de Suiza», que podría designar un juzgado de instrucción, un tribunal o una comisaría de policía de Ginebra. No hay precedentes conocidos de una diligencia así, al menos con Suiza. Tampoco existe un procedimiento concreto, confirman expertos de Exteriores y de Justicia. No obstante, el magistrado Ignacio González Vega, portavoz de Jueces para la Democracia, cree que el caso de Urdangarin no debería ser un problema cuando la cooperación internacional con países como Suiza permite «incluso, el cumplimiento de condenas en terceros países». González, no obstante, admite que no conoce ningún caso concreto fuera de la Unión Europea, pero recuerda que dentro la UE ya está prevista esta contingencia a través de la Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la Unión Europea, que España firmó en 2014.

El artículo 110.1.e es el 'paraguas legal' más cercano que podría proteger a Urdangarin, pero esta ley, tal y como admiten todos los técnicos consultados, solo es válida dentro de la UE. Ese precepto, de forma expresa, sí que contempla un caso como el de Urdangarin, pero siempre entre tribunales de la Unión. El artículo hace referencia a la «aplicación de la resolución sobre medidas alternativas a la prisión provisional» y establece la posibilidad de que un juzgado de la Unión gestione «la obligación de presentarse en determinadas fechas ante una autoridad específica».

Más compleja

Fuera de la UE la cosa es mucho más compleja. Algunos de los especialistas apuntan a que la comparecencia de Urdangarin ante los tribunales helvéticos podría tener encaje en el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal, que España rubricó en 1982 y Suiza en 1965. Ese texto insiste en que los signatarios se comprometen a «prestarse mutuamente la asistencia judicial más amplia posible», pero no se menciona ni de refilón cómo gestionar que un tribunal extranjero se haga cargo de las medidas cautelares de otro.

«No es un procedimiento complejo. No hay dificultades insalvables. Es cierto que ni la ley de Enjuiciamiento Criminal ni la jurisprudencia contemplan la posibilidad de decretar medidas cautelares fuera de España, pero tampoco las prohíben», explica Celso Rodríguez, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, quien insiste en que no ve «privilegio personal» alguno en la decisión, sobre todo porque el riesgo de fuga de Urdangarin es «menor», ya que «cuenta con un servicio de seguridad español 24 horas al día».

Para Javier Galparsoro la cosa no está tan clara. Este abogado especialista en extranjería y que lleva 38 años de profesión asegura que en toda su abultada carrera jamás se ha topado con un juez que haya decretado medidas cautelares fuera de España. «Y menos de un condenado en primera instancia», apunta.

«Desde el punto de vista procesal y material puede hacerse», añade por su parte Pedro Horrach. El fiscal del 'caso Nóos', no obstante, tampoco es capaz de dar un solo ejemplo que sirva de antedente a la comparecencia de Urdangarin en Suiza. Cree recordar un caso en el que a un imputado le hicieron comparecer ante la «autoridad consular», pero no alcanza a decir cuál. Los consulados solo tienen atribuciones de registro civil y de notariado, no judiciales. Pero Horrach cree que como notarios sí que podrían dar fe de que Urdangarin ficha.

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