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Antonio Ortiz. :: efe
La condena al pederasta de Ciudad Lineal le impedirá salir de prisión hasta 2034

La condena al pederasta de Ciudad Lineal le impedirá salir de prisión hasta 2034

Antonio Ortiz estará diez años de libertad vigilada tras su excarcelación y pagará 375.000 euros a las cuatro niñas de las que abusó sexualmente

MATEO BALÍN

Viernes, 24 de febrero 2017, 00:26

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Antonio Ángel Ortiz Martínez cumplió este miércoles 45 años en el centro penitenciario de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) y cuando vuelva a pisar la calle tendrá 62. Además, este depredador sexual, más conocido como el pederasta de Ciudad Lineal, estará diez años más con libertad vigilada. Las cuatro víctimas, de cinco a nueve años en el momento de los hechos, recibirán en conjunto 375.000 euros por el trauma sufrido.

Esta es la foto de portada de la sentencia dictada ayer por la la Audiencia Provincial de Madrid, que condena a 70 años de prisión a Antonio Ortiz por secuestrar y abusar sexualmente de las menores. De esta pena, el pederasta de Ciudad Lineal -que recibe el nombre por el barrio del noreste de Madrid donde cometió sus fechorías entre septiembre de 2013 y agosto de 2014, poniendo en jaque a las Fuerzas de Seguridad hasta su detención en Santander un mes después- cumplirá de forma efectiva 20 años, según el tribunal, que estimó la aplicación de beneficios penitenciarios sobre el total de la condena en detrimento del reo.

A este tiempo se le restará el periodo que ha pasado en prisión provisional, dos años y medio, por lo que tendrá que cumplir 17 años y medio entre rejas hasta ser excarcelado, en el 2034. El tribunal de la Sección Séptima, presidido por María Luisa Aparicio, consideró probada la responsabilidad del acusado por cuatro delitos de agresión sexual en concurso con cuatro delitos de detención ilegal y un delito de lesiones. Sin embargo, la sala le absolvió del delito de homicidio en grado de tentativa, cometido presuntamente sobre una de las menores al darle pastillas para dormirla, y de otras dos faltas de lesiones. Ante la sentencia cabe recurso ante la Sala Segunda (de lo Penal) del Supremo.

De la lectura de la resolución se desprende que Ortiz agredió sexualmente a las niñas, a las que previamente y mediante engaños logró que se fueran con él (se ha podido probar que a una vivienda familiar y a un descampado). Una vez allí, mediante amenazas o valiéndose de la ingesta de pastillas, les realizó diferentes tocamientos, desnudó e introdujo objetos o algún miembro suyo por ano y vagina, además de forzarlas en algunos casos a hacerle una felación, y las abandonó. Los magistrados establecen en la resolución que el acusado, de modo inobjetable, realizó de forma consciente, esto es, dolosa, todos los actos, y que en el caso de una de las menores, a la testigo protegida T4 le causó gravísimas lesiones que de no haber sido tratadas habrían puesto su vida en peligro. De este matiz de brutalidad, indica la sentencia, no podía ser ignorante el acusado.

«La conducta revela su falta de empatía con las víctimas, lo que se evidenció a lo largo del juicio, en el que, aun acogiéndose a su derecho a no declarar, ni siquiera intentó dar una mínima justificación. Por otra parte, la multiplicidad de los hechos cometidos pone de manifiesto un acendrado espíritu criminal, singularmente dirigido contra víctimas especialmente vulnerables, a lo que hay que añadir el grave estado de alarma que creó en la población hasta que fue detenido».

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