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Mas, Rigau y Ortega serán juzgados por el 9-N, pero no se enfrentarán a penas de cárcel

El presidente del Supremo pide de forma paralela al Congreso el suplicatorio de Homs por la organización de ese mismo referéndum

C. REINO / M. SÁIZ-PARDO

Viernes, 14 de octubre 2016, 00:30

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Barcelona / Madrid. Artur Mas podría ser inhabilitado por el 9-N, pero en ningún caso será condenado a penas de prisión. El juez instructor del caso dictó ayer la apertura del juicio oral, que supone el procesamiento del expresidente catalán y de las exconsejeras de Educación y Gobernación Irene Rigau y Joana Ortega por su participación en el simulacro de consulta sobre la independencia celebrada el 9 de noviembre de 2014 y en la que votaron 2,3 millones de personas. Los tres exmiembros del Gobierno catalán serán juzgados por los delitos de desobediencia grave y prevaricación. No así de malversación de fondos públicos, como había pedido la acusación popular, por lo que Mas y sus excolaboradoras se enfrentan a penas de inhabilitación (de entre nueve y diez años), pero está descartada la petición de penas de prisión. Solo minutos después de esta decisión, el Supremo pidió al Congreso el suplicatorio del diputado Francesc Homs, entonces consejero de Presidencia por la organización de esa consulta y por los mismos delitos. Según el auto del juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, José Francisco Valls Gombau, que instruye la causa contra Mas, Ortega y Rigau, el expresidente catalán «articuló una estrategia de desafío completo y efectivo a la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional». El juez instructor entiende que Mas, «amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, se abstuvo de suspender oficialmente la convocatoria que él mismo había efectuado, incumpliendo la obligación que tenía a raíz del mandato del Tribunal Constitucional».

En el auto, el expresidente aparece como el «autor» de los delitos y Ortega y Rigau, como «cooperadoras necesarias». El juez estima que el dirigente nacionalista, que declaró ante el tribunal hace un año, era «plenamente consciente» de que «quebrantaba el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional» y por tanto sabía que no podía continuar con la organización de la consulta desde el 4 de noviembre, cuando el Constitucional notificó la anulación de la votación. El juez apunta que los acusados decidieron «generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas se paralizaban y que el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no era así».

«La utilización de instrumentos y procedimientos públicos, lejos de ser interrumpida, continuó, si bien se mantuvo convenientemente en segundo plano, de forma que de cara al exterior la apariencia fuera la de un proceso exclusivamente gestionado por ciudadanos voluntarios», relata el auto judicial.

Cámara baja

De forma paralela a la notificación del auto de apertura de juicio oral contra Mas y su colaboradores, el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, firmó el documento en el que pide al Congreso el suplicatorio para proceder penalmente contra Homs, ahora aforado ante esta instancia por ser diputado y portavoz del Partit Demòcrata Català en el Congreso.

El pasado 6 de octubre, fue el instructor de esta causa, Andrés Palomo, el que acordó pedir a sus superiores que reclamarán a la Cámara baja el permiso para investigar a Homs. Un beneplácito que puede tardar algún tiempo. Primero el suplicatorio será calificado por la Mesa del congreso para pasar a continuación a la comisión del Estatuto del Diputado, que elevará un dictamen al pleno, que será el que vote si accede o no a la petición del Tribunal Supremo.

La prueba de cargo contra Homs es una carta fechada el 6 de noviembre de 2014, dos días después de que el Tribunal Constitucional prohibiera la consulta, en la que el por entonces consejero daba luz verde a un organismo de la Generalitat para que informara a la empresa T-Systems, contratada para gestiones técnicas del referéndum, para seguir adelante con la organización del mismo a pesar de la decisión de la corte de garantías.

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