Borrar
El subteniente Jorge Bravo, presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles.
El Supremo señala que los militares pueden criticar al Ejército «con moderación, respeto y mesura»

El Supremo señala que los militares pueden criticar al Ejército «con moderación, respeto y mesura»

El alto tribunal anula la sanción impuesta al subteniente Jorge Bravo, que criticó ante la prensa gastos en festejos en época de recortes

europa press

Jueves, 28 de mayo 2015, 16:20

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha respaldado que los militares realicen críticas públicas al Ejército siempre que éstas se expresen "con moderación, respeto y mesura".

En un sentencia hecha pública este jueves, el alto tribunal anula una sanción impuesta al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo, por criticar, en dos entrevistas concedidas a medios de comunicación, que se destinaran fondos para festejos militares -como juras de bandera con civiles o bodas de plata de promociones- en época de recortes. El militar fue multado con un mes y un día de arresto como autor de una falta grave del régimen disciplinario.

La resolución recuerda que los militares cuentan también con el derecho constitucional a la libertad de expresión, con los límites derivados de su condición de miembros de las Fuerzas Armadas. Así, precisa que el subteniente Bravo no utilizó "ninguna expresión insultante o injuriosa" y "no perdió la mesura necesaria ni incurrió en una vulneración del derecho debido a sus superiores".

"De sus manifestaciones sobre la restricción de eventos sociales o festivos no se deduce una amenaza real para la disciplina y la cohesión interna de las Fuerzas Armadas", dice la sentencia. En opinión del alto tribunal, el militar sancionado se limitó a ofrecer "fórmulas de ahorro" de forma respetuosa.

"Necesidad social imperiosa"

La sentencia también reproduce varias resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y el Constitucional en las que se señala que la libertad de expresión de los miembros del Ejército debe limitarse, exclusivamente, si existe "necesidad social imperiosa".

Dos de los cinco jueces que integran la Sala han emitido un voto particular. Los magistrados Ángel Calderón y Francisco Javier de Mendoza, discrepan de la mayoría y aseguran que debatir en público reclamaciones de este tipo pone en peligro la cohesión interna de las Fuerzas Armadas.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios