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Arquisocial reincorporará a la sexta trabajadora tras sentencia favorable

La concesionaria no ha recurrido las sentencias y ha readmitido a todas las denunciantes a diferencia del Ayuntamiento

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Jueves, 5 de abril 2018, 00:05

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El Juzgado de lo Social número 2 de Málaga ha declarado improcedente el despido de una sexta trabajadora del servicio de ayuda a domicilio y condena a la concesionaria, Arquisocial, a su readmisión en el mismo puesto que ocupaba y con las mismas condiciones anteriores a su despido.

Se trata de la sexta trabajadora del grupo de siete que demandó a Arquisocial cuando llevó a cabo la subrogación de la ayuda a domicilio, posteriores al litigio de otros 16 compañeros que denunciaron, esta vez al Ayuntamiento.

El abogado de este colectivo de siete trabajadoras, José Antonio Martín, señala las diferencias entre estos dos grupos. Arquisocial no ha recurrido las sentencias de los juzgados de lo Social, «incluso no se ha presentado a alguno de los juicios», apostilla, y ha readmitido a las trabajadoras tras los fallos condenatorios. En el caso del Ayuntamiento, éste ha recurrido las sentencias ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y ante el Tribunal Supremo y no ha readmitido a los empleados que ya cuentan con sentencias firmes. «Además es una vergüenza, que el Ayuntamiento esté pagando a estos trabajadores que deberían estar readmitidos, sin que estén realizando ningún trabajo. Desde mi punto de vista sería denunciable», señala el letrado.

Martín ha manifestado, por otra parte, su satisfacción y la de las trabajadoras readmitidas, «que están siendo tratadas como el resto de sus compañeras, sin ningún tipo de represalia o distinción por parte de la empresa». Dándose la peculiar situación de que las readmitidas cobran casi el doble que sus actuales compañeras pues debían ser reincorporadas con las mismas condiciones anteriores al despido. Las readmitidas cobran una media de 1.600 euros frente a los 800 del resto de trabajadoras. Aunque el Ayuntamiento fue también demandado por estas trabajadoras, el magistrado lo ha absuelto por «falta de legitimicación pasiva».

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