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El jeque Al-Thani, en una imagen reciente.
El jeque comunica a la Junta que ha recurrido en un juzgado la resolución de la concesión de La Bajadilla

El jeque comunica a la Junta que ha recurrido en un juzgado la resolución de la concesión de La Bajadilla

El Gobierno andaluz seguirá adelante con el proceso para dar por extinguido el contrato mientras el juez no tome decisiones cautelares que lo impidan

Héctor Barbotta

Sábado, 4 de febrero 2017, 00:28

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El jeque Al-Thani, titular de la sociedad Nas Marbella, concesionaria del Puerto de La Bajadilla, ha presentado un recurso judicial contra la decisión de la Junta de Andalucía de resolver el contrato de la concesión. Así lo ha comunicado telefónicamente a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) un representante legal de Al-Thani, según confirmaron ayer a este periódico fuentes del Gobierno andaluz.

El recurso, según informó ayer la agencia EFE, fue interpuesto en los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Sevilla y en el mismo se solicita que se suspenda cautelarmente la decisión adoptada por la APPA. En la Consejería de Fomento no había ayer constancia de la presentación del recurso, más allá de la citada comunicación telefónica, ni tampoco de su contenido.

Por ello, la Administración autonómica seguirá adelante con el proceso para resolver la concesión, que sólo se podría interrumpir en el eventual caso de que el juzgado decidiera suspenderlo de manera cautelar.

Al-Thani, titular de la sociedad concesionaria Nas, de la que también participa el Ayuntamiento con un simbólico 3 por ciento de las acciones, ha desistido de esta manera de presentar un recurso de reposición ante la Administración autonómica y se ha ido directamente a la vía judicial, lo que podría dilatar todavía más el proceso para resolver la concesión y convocar un nuevo concurso al que podrían acudir inversores interesados en el proyecto, que lleva languideciendo desde hace casi seis años. De todas formas, el proceso para la resolución del contrato sólo se paralizaría en el caso de que el juzgado dictara efectivamente algún tipo de medida cautelar en ese sentido.

Pese a que los incumplimientos del concesionario han sido flagrantes, la propia apertura de un proceso contencioso-administrativo podría eternizar el proceso abierto para resolver el contrato y que el proyecto para ampliar La Bajadilla entrara en una nueva etapa tras casi seis años de parálisis absoluta.

Incumplimiento grave

La APPA resolvió el pasado noviembre el contrato de ampliación del puerto de La Bajadilla suscrito en 2011 con la empresa NAS Marbella, S.A. -concesionaria del puerto, en la que una mercantil del jeque Al Thani es accionista mayoritaria- por incumplimiento grave de las obligaciones esenciales, consistentes, por una parte, en el no inicio de las obra y, por otra, en la falta de pago del canon concesional.

En la resolución, la APPA destacó que desde los inicios de la concesiónse han venido produciendo situaciones irregulares, debido principalmente a las reticencias del concesionario a acometer la inversión. La principal, el retraso en la entrega del proyecto superior a los cuatro años, a pesar de los numerosos requerimientos realizados por la Administración autonómica, sin que se tuviera conocimiento del equipo redactor del proyecto constructivo ni de la progresión de los trabajos.

Esa decisión se basó en un dictamen del Consejo Consultivo del pasado 15 de noviembre, que consideró evidente que la entrega del proyecto de construcción es una obligación esencial, pues sin el mismo no puede iniciarse la obra objeto del contrato. Además, el dictamen recoge que no se aprecian causas que justifiquen tal incumplimiento y que las alegaciones presentadas por el jeque no conciernen a esta cuestión esencial.

Sin fianza

El Consultivo fue más allá y en su dictamen sostuvo que no corresponde devolver la cantidad entregada como garantía, dado que la resolución del contrato ha tenido lugar por una causa imputable al concesionario. En el momento en el que Nas Marbella obtuvo la concesión del puerto, que implicaba tanto su gestión como la ejecución del proyecto de ampliación del recinto con el que ganó el concurso, tuvo que ingresar una fianza de cinco millones de euros, proporcional a los 109 millones de euros, IVA incluido, en los que fue valorado el proyecto. El dictamen del Consejo Consultivo indica que procede resolver el contrato sin devolver cantidad alguna, ya que no se produjo por parte de la concesionaria ninguna inversión derivada de gastos por expropiación de suelo, ejecución de obras o adquisición de bienes para la explotación.

En el siguiente punto, el Consultivo recuerda que la norma establece que cuando el contrato se resuelva por causa imputable al concesionario, se debe incautar la fianza y además indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda del importe de la garantía incautada. En ese sentido, dado que no se aprecian daños y perjuicios que puedan resarcirse, el dictamen sostiene que «procede la incautación de la garantía». El dictamen hace referencia a los incumplimientos considerados esenciales en los que incurrió el concesionario: el no inicio de las obras en el plazo fijado, ya que ni siquiera se entregó el proyecto de ejecución y el impago del canon correspondiente a la concesión por un plazo superior a un año. El dictamen también rechaza las alegaciones presentadas por Nas Marbella, entre ellas la que atribuye el retraso a la anulación del PGOU, circunstancia que se produjo en noviembre de 2015 cuando el proyecto ya acumulaba dos años de retraso

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