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Centro de salud de Las Albarizas, donde se produjo la agresión. :: josele-lanza
La Audiencia confirma el alejamiento para una madre que pegó en público a su hija

La Audiencia confirma el alejamiento para una madre que pegó en público a su hija

La mujer, que en otra sentencia también perdió la custodia de la niña, dio un puñetazo a la menor cuando ésta tenía 12 años y agredió al padre cuando quiso defenderla

Héctor Barbotta

Martes, 17 de enero 2017, 00:52

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Una mujer que agredió a su hija en público cuando la menor tenía 12 años deberá cumplir con la pena de alejamiento de un año que le impuso un juzgado de lo Penal de Málaga. La sección novena de la Audiencia Provincial de Málaga acaba de confirmar esa condena, aunque reduce de 31 a 18 días de trabajo en beneficio de comunidad la pena que deberá cumplir un recurso interpuesto por la progenitora.

Los hechos ocurrieron en el verano de 2014 en los aparcamientos del centro de salud de Las Albarizas, en Marbella, a donde la menor había acudido acompañada de sus progenitores, que ya por entonces se encontraban separados.

Al salir del centro sanitario, se produjo una fuerte discusión entre madre e hija por el comportamiento que la menor había tenido durante la consulta médica. En esas circunstancias, la mujer agredió a su niña con pellizcos en reiteradas ocasiones, zarandeos y un puñetazo en la espalda que le provocó a la menor «algias en la región dorsal» que necesitaron de atención médica y tardaron dos días en curarse. En la sentencia original, el juez señalo que la madre actuó de esa manera con la intención de menoscabar la integridad física de la niña.

Agresión al padre

Durante la agresión, el padre intentó interponerse entre la madre y su hija y sufrió arañazos en la cara que le ocasionaron erosiones superficiales en la cara que tardaron seis días en curar. En su testimonio durante el juicio, el hombre aseguró que la agresora le clavó el tacón del zapato. La mujer fue denunciada por su exmarido y en el juicio alegó que pretendía corregir a su hija después de que ésta, según su testimonio, la ridiculizara en público cuando se encontraban en el centro de salud.

En la sentencia de la Audiencia Provincial que se conoció ayer y que resuelve un recurso presentado por la mujer, los magistrados de la sección novena sostienen que la agresión perpetrada por la condenada no guardó proporción y no puede inscribirse en el deber de la corrección paternal, ya que los pellizcos, el zarandeo y el puñetazo «exceden notoriamente de dicha facultad de la potestad paterno-materna». Los jueces consideran además que tanto el lugar como el momento eran desproporcionados, del mismo modo que no fue adecuado continuar con las agresiones tras la defensa de la niña que hizo el padre. «No sólo es necesario el respeto a los padres -tal y como alegaba la mujer en su recurso- sino también el respeto a los hijos, en su formación y enseñananza, no sometíendoles a agresiones, menos aún excesivas y públicas». Por ello mantiene la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su hija durante un año.

La Audiencia sí accede a rebajar las penas de trabajo en beneficio de la comunidad (de 31 a 18 días) y de prohibición de portar armas (de dos años a ocho meses) atendiendo a la inexistencia de antecedentes acreditados, a la situación que se produjo en el centro de salud y a la actuación de la propia menor y a la existencia de una situación previa de deterioro familiar.

Se da la circunstancia de que tras ser condenada por la agresión, un juzgado de Marbella privó a la mujer del derecho de custodia de la niña y del derecho a recibir visitas, que solamente pueden realizarse cuando la menor, que ya tiene 15 años, lo desee. La jueza que adoptó esa medida lo hizo por «la contundente y dramática oposición de la menor a ver a su madre, en atención a los graves episodios de violencia que la misma manifiesta haber sufrido». La madre reclamó que se acordara el inicio de una terapia de mediación entre ella y su hija dirigida por un perito psicólogo a fin de que se informara al Juzgado sobre la evolución del acercamiento entre madre e hija. En la sentencia, la jueza de Marbella no dio lugar a esta petición.

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