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Condenan a un exjefe antidroga de la Guardia Civil por operaciones de narcotráfico

Se le imputan delitos contra la salud pública y falsedad, imponiéndole en total diez años y medio de prisión

EUROPA PRESS

Sábado, 24 de septiembre 2016, 00:38

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La Audiencia de Málaga ha condenado a un teniente de la Guardia Civil y exjefe del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de dicho cuerpo en la provincia malagueña y a otras 26 personas por su participación en operaciones de narcotráfico. Además, se absuelve a ocho acusados, entre ellos otros cuatro agentes del instituto armado.

En total, se imponen 102 años de prisión y el pago de más de 53 millones de multa a los 27 condenados. Contra la resolución se puede presentar recurso ante el Tribunal Supremo.

Al exresponsable del EDOA de Málaga se le condena por dos delitos contra la salud pública y otro de falsedad, imponiéndole en total diez años y medio de prisión. Además, se le absuelve de otros delitos por los que fue acusado, tanto por el fiscal como por la acusación popular, en representación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC).

En el apartado de hechos probados de la resolución se explican varias operaciones de narcotráfico y la participación de los acusados que han resultado condenados. En uno de estos alijos, que tuvo lugar en una playa de Marbella, uno de los procesados tenía planeado quedarse con una cantidad sin concretar, pero elevada, de hachís en su beneficio.

La sentencia considera que el exjefe antidroga conocía y «consintió» esos planes, que eran que «los agentes del EDOA actuaran con posterioridad al desembarco de la droga y a la entrada en la playa de los falsos policías, procediendo a la detención y permitiendo la huida de los alijadores». Era «contraprestación» a la información dada por aquel y para «obtener él éxito en su carrera profesional».

Pero, se añade, no está probado que fuese a participar en los beneficios de esa apropiación; pero sí se entiende que el teniente quiso «ocultar» lo ocurrido en dicha operación al juzgado para lo que «alteró con mendacidad lo sucedido, no reflejando en el atestado la existencia de la organización» y también «omitió cualquier referencia» a ese otro acusado para «evitar su detención y conseguir la impunidad de éste», que era un informador.

El Tribunal concluye que la conducta de este agente «excede con creces del marco doctrinal de los actos neutrales», pues «su actividad no se limitó a recibir y valorar la información» que le facilitaban los informadores sino que «fue mucho más allá, cooperando».

Otra operación fue dirigida por otro de los acusados condenados y consistía en introducir droga desde Marruecos vía Melilla, aprovechándola para introducir otra cantidad de hachís en su beneficio. En ésta, el exjefe de EDOA, «aprovechando el ejercicio de su cargo», participó y «daba cobertura», pero no está corroborado que fuera a cambio de dinero. Así, la Sala indica que el exjefe facilitó esta operación «no solo en el sentido de obtener méritos policiales» sino también para que su informador «como contraprestación, obtuviera beneficio en la operación; bien económico derivado de su intermediación o bien quedándose con una parte de la droga».

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