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Moro, ayer, tras prestar declaración. :: Josele-Lanza
El instructor del caso Funky Buddha advierte irregularidades en el expediente

El instructor del caso Funky Buddha advierte irregularidades en el expediente

El juez considera que hay motivos suficientes para mantener la imputación del concejal de Urbanismo, que ayer declaró durante dos horas

HÉCTOR BARBOTTA

Viernes, 31 de octubre 2014, 00:47

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El juez que instruye el caso por el que se ha imputado al concejal de Urbanismo, Pablo Moro, por no paralizar unas obras en el club de playa Funky Buddha que carecían de licencia considera que en el expediente administrativo de este asunto se observan numerosas irregularidades.

En un auto del pasado viernes, al que ha tenido acceso este periódico, el juez confirma por ese motivo la imputación de Moro, decisión que mantuvo ayer tras la declaración del edil. En el caso se investigan posibles dilaciones del concejal a la hora de dar trámite a informes de inspección y jurídicos que recomendaban paralizar obras ilegales en el citado club de playa e imponer sanciones a sus responsables. En concreto fueron cuatro decretos remitidos al edil que o no fueron firmados o se tramitaron con dilaciones.

En ese sentido, el auto señala que ya en febrero de este año, y en virtud de los informes elaborados por el inspector municipal de obras y el arquitecto técnico y de un informe jurídico se constató la ejecución de obras de derribo en el club de playa que no contaban con licencia municipal y estaban afectadas por el límite de edificación por afección de carretera y por la línea de servidumbre de tránsito en zona de dominio público marítimo terrestre.

En esos informes se advirtió de la procedencia de ordenar la inmediata paralización de las obras y de iniciar contra la empresa el procedimiento para el restablecimiento del orden perturbado y la aplicación de la multa correspondiente. Según el expediente reflejado en el auto, ese mismo mes se redactó el decreto ordenando la suspensión de las obras a nombre del concejal de Urbanismo, pero este documento no aparece firmado.

Segundo informe

La tercera irregularidad detectada se remonta a mayo, cuando el inspector realiza un tercer informe tras constatar el incumplimiento de la orden de paralización, firmada el 30 de abril, y la continuación de las obras, valoradas ya entonces en 45.990 euros. Se emite entonces otro informe jurídico en el que se informa de la imposición de una primera multa coercitiva por importe de 4.599 euros. Se redacta también un nuevo borrador de decreto de imposición de la multa, que tampoco se firma.

Al mes siguiente, la inspectora de obras emite otro informe sobre la continuación de las obras que se seguían ejecutando y cuyo valor se calculaba ya, según estimaciones del arquitecto técnico, en más de 245.000 euros, por lo que en nuevos informes jurídicos se refleja que corresponde imponer más multas, ampliar el expediente de protección de la legalidad e iniciar un procedimiento sancionador. Con todos estos informes, según refleja el sumario, desde el Servicio de Disciplina Urbanística se redactan dos nuevos borradores de decreto a nombre del concejal de Urbanismo que se devuelven también sin firmar.

Lo mismo, relata el juez instructor, sucede con los dos borradores del decreto del 3 de julio, en los que tras los informes técnico y jurídico procedentes se acuerda reiterar la orden de paralización, ampliar el expediente de protección de la legalidad a las nuevas obras ejecutadas y dar audiencia a la empresa propietaria del suelo y a la sociedad arrendataria. También se devuelven sin firmar.

Según refleja el citado auto, una vez que se constata por el inspector de Obras que se ha producido un cuarto incumplimiento de la orden de paralización, se incorpora al expediente la denuncia del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil en relación a las obras por haberse ejecutado sin licencia.

Según el juez, no es hasta el 8 de septiembre, tras tener conocimiento de su imputación judicial, cuando el concejal de Urbanismo firma un decreto imponiendo una primera multa coercitiva por 21.990 euros a los infractores por incumplimiento de la orden de paralización, sin que conste que se haya iniciado ningún procedimiento administrativo sancionador.

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