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Los adolescentes cada vez más resuelven sus filias y sus fobias a través de las redes sociales. SUR
Las redes sociales se convierten en el escenario de los conflictos y delitos entre menores

Las redes sociales se convierten en el escenario de los conflictos y delitos entre menores

Los delitos de lesiones leves, acoso escolar, insultos o amenazas, que suponen el 45% de los casos que llegan a mediación penal se libran en el plano virtual

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Sábado, 16 de diciembre 2017, 00:30

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Que las redes sociales se han convertido en un arma de doble filo en las relaciones interpersonales es un hecho que a estas alturas ya pocos discuten. De hecho, son muchas las voces que desde hace unos años han puesto el foco en el peligro que representa su mal uso en grupos especialmente vulnerables, como los adolescentes. La advertencia no es un asunto menor, y tiene un reflejo claro en estadísticas como la que manejan las asociaciones profesionales que gestionan los procesos de mediación penal en los que se ven envueltos los chavales de entre 14 y 18 años.

En este escenario, los datos confirman que la mayoría de los casos que la Fiscalía de Menores en Málaga deriva a la asociación Alternativas al Menor (Alme), que es la entidad externa que la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía habilitó en 2008 para gestionar este recurso en la provincia –anteriormente la mediación se hacía a través de los equipos técnicos de los propios juzgados–, se han librado en algún momento del conflicto en el ámbito de las nuevas tecnologías. En concreto, de los 221 menores infractores que fueron atendidos en Alme durante el pasado año, el 45% respondía a esta nueva tipología.

En este amplio grupo de delitos que la Fiscalía de Menores cursa a través del recurso específico de la mediación se encuentran los delitos leves de lesiones, acoso escolar, insultos, amenazas, vulneración del derecho a la intimidad o acoso a través de las redes sociales. La mayoría de los conflictos tienen como telón de fondo el espacio virtual aunque después el efecto sea real y directo (por ejemplo, lesiones o una agresión física, que se tipifican como esos delitos concretos independientemente de cómo se han gestado). Y ojo: «La tendencia es que cada vez van a más». Quien da la voz de alarma en esta ocasión es María José Ortega, coordinadora del programa de Alme, quien constata un cambio claro en el tipo de infracciones en los últimos años: «En el año 2008 el grueso de casos que nos llegaban estaban relacionados con los delitos paterno-filiales, pero ahora la tendencia es claramente la de las redes sociales». Además –añade–, esta deriva «preocupante» no es sino el resultado de que los menores ya libran desde hace tiempo «sus simpatías y antipatías en redes sociales» y «todos los actos tienen sus consecuencias».

Derivados por la Fiscalía

Esas consecuencias, de hecho, pueden llegar a terminar en la vía penal. Así lo constata la fiscal delegada de Menores en Málaga, Isabel Fernández Olmo, quien avanza que «el abanico de delitos que pueden cometer los menores a través de las nuevas tecnologías es muy variopinto» y en el caso de los más graves –los delitos contra la intimidad o la integridad– sí se sigue el curso judicial convencional. En este último capítulo –el de la justicia tradicional– el delito más común entre los menores está relacionado con los delitos contra la propiedad, de lesiones y maltrato familiar.

La mediación permite la conciliación entre el menor infractor y la víctima y repara el daño

La decisión sobre los asuntos que se derivan a mediación la toma en todos los casos la Fiscalía de Menores, y la mayoría de ellos son de carácter extrajudicial, es decir, como una alternativa a la sala de juicios a pesar de que el estar en un proceso de mediación no exime que en un momento determinado se pueda volver a la vía judicial. Los beneficios de esta fórmula de resolución de conflictos –siempre que los delitos o faltas no estén tipificados como graves en el Código Penal– son apreciables y los pone sobre la mesa la propia Ortega: «Tiene mucho potencial educativo porque la mediación permite la conciliación entre el menor infractor y la víctima y la reparación del daño causado». En este proceso, que exige del consentimiento de ambas partes, se reconoce el daño, se piden y se aceptan las disculpas y además se compensa ese daño, bien a través de una reparación directa hacia la víctima o bien a través de una actividad educativa simbólica que repercuta beneficio de la comunidad, por ejemplo colaborando en ONG locales. «La diferencia es que en estos casos en lugar de haber castigos hay reparación», observa Ortega.

En cifras, y a pesar de que la mediación es un recurso en alza y cada vez más valorado como alternativa para resolver conflictos –sobre todo en las jurisdicciones de familia y menores–, la proporción de casos que son derivados es aún escasa: según la última memoria de la Fiscalía General del Estado, de las 3.494 diligencias incoadas durante 2016 en los tres juzgados de menores que hay en Málaga, sólo 221 (es decir, el 6,3%) llegaron a mediación. Una vez que los casos se derivan a los profesionales externos, que en el caso de Alme suman dos psicólogos y dos trabajadores sociales especializados en mediación penal, se trabaja en varios frentes con el infractor y con la víctima y los mediadores validan el acuerdo de reparación cuando se llega a una resolución favorable: ese informe se envía a la fiscalía y de ahí al juez, que archiva la causa. Sólo una pequeña parte de los conflictos que van a mediación (entre un 3 y un 6%) no se resuelven satisfactoriamente y es necesario cursarlos por la vía judicial.

Voluntario y confidencial

Otra de las características de estos procesos es que son voluntarios, confidenciales «y que se pueden dejar cuando una de las dos partes quiera», afirma la coordinadora de Alme, quien sin embargo constata que la mediación suele dar «buenos resultados» –siempre y cuando el caso lo permita– «porque a lo largo de todo el proceso ambas partes se sienten escuchadas y tenidas en cuenta». Si además el infractor y su víctima tienen una relación personal (amigos, pareja o familia) y comparten el mismo entorno la mediación es «altamente recomendable» pero a la vez «más complicada»: «Generalmente hay un daño mayor por esa relación entre ambos y hay que trabajar de manera más intensa en la reparación».

Por ejemplo, en el caso de una foto que haya sido subida a redes sociales sin el consentimiento de la víctima, hay que tener en cuenta que la imagen ya no se puede borrar, pero sí se puede buscar la manera de reparar ese daño: «En primer lugar se trabaja con ambas partes y se abordan asuntos como la corresponsabilidad o la gestión de las emociones, algo que es muy importante para la víctima porque tiene la posibilidad de expresar qué supuso ese hecho para ella. La reparación es lo que los dos deciden y es fundamental asumir un grado de responsabilidad y sobre todo reconocerlo. Por último, el acuerdo suele pasar por que el infractor la quite de su red social y pida disculpas personal y públicamente a través del mismo medio», concluye Ortega.

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