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Oferta de empleo público | En junio son las oposiciones para acceder a 5.404 plazas de profesor de Secundaria y FP | Una guía aclara las principales dudas que asaltan a los opositores

¿Quieres optar a una plaza de profesor? Una guía aclara las principales dudas de los opositores

Este mes de junio son las pruebas para ocupar las 5.404 vacantes de docente de Secundaria y FP

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Sábado, 7 de abril 2018, 00:42

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Las ofertas de empleo público para las administraciones, tanto regional como estatal, van a ser muy importantes en los próximos años. Atrás quedan los recortes y la reducción de plazas de empleo público, que apenas cubrió el 10 por ciento de bajas de los efectivos durante dos años y luego el 50% un año más. Las nuevas convocatorias cubren el total de las bajas producidas por jubilaciones u otros motivos, y se suma una oferta extraordinaria de puestos de trabajo con la que se quiere reducir el elevado número de personal interino, que en Andalucía supera el 20% de los efectivos (unos 14.000 docentes a finales de 2016).

Muchos jóvenes se han animado a estudiar las oposiciones, ante la perspectiva de este importante número de plazas en los próximos tres años, unas 20.000 en todos los cuerpos docentes. Compiten con el personal interino, que tiene años de experiencia, algo que cuenta a su favor. Para orientar en esta tarea de búsqueda de un empleo estable, la secretaría de Juventud de la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras ha elaborado una guía en la que da respuesta a muchas de las preguntas que se hace todo opositor, sobre todo si es nuevo.

Una de las primeras cuestiones que se plantean es qué es exactamente un concurso-oposición, que es el método elegido para cubrir estas plazas. El concurso-oposición es un procedimiento selectivo para acceder a la función pública docente y consta de dos fases, una de concurso y otra de oposición, y ambas puntúan. La fase de oposición contará un 60% en la nota final. Consta de dos pruebas eliminatorias, cada una de las cuales tiene a su vez dos partes: Primera prueba: permite comprobar que se poseen los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta. Consta de dos tramos. El primero es una prueba práctica para comprobar la formación científica y el dominio de habilidades técnicas correspondientes a la especialidad. El segundo es un desarrollo por escrito de un tema elegido por la persona aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal entre los del temario de cada especialidad. En algunas comunidades hay que leer el tema que se ha escrito y en otras no. Para superar esta prueba se debe tener una puntuación mínima, igual o superior a cinco puntos.

La segunda prueba de la fase de oposición trata de comprobar la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y consiste en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. En las especialidades que requieran habilidades instrumentales o técnicas hay una prueba de carácter práctico-instrumental.

Este año se ha conseguido aumentar el número de temas entre los que puede elegir el opositor. Uno más en cada tramo, de acuerdo al número de temas en total. En especialidades con un número no superior a 25 temas, la persona opositora deberá elegir entre 3 temas; en especialidades con un número superior a 25 temas y hasta 50, deberá elegir entre 4 temas, en especialidades con un número superior a 50 temas, deberá elegir entre 5 temas.

Méritos de los aspirantes

Los que aprueben la fase de oposición, llegan a la de concurso, en la que se trata de la valoración de los méritos de los aspirantes. Entre otros, figuran la formación académica (nota media de expediente académico, máster, formación en idiomas, cursos) y la experiencia docente previa. No se requiere alcanzar ninguna puntuación mínima, aunque sí existe una puntuación máxima que son 10 puntos, esto es lo que se llama baremo. La fase de concurso contará un 40 % de la nota final.

Las convocatorias para la fase de concurso se estructuran en tres bloques, cuya puntuación puede variar dependiendo del año de oposición y de la comunidad autónoma, pero sin superar estos máximos: Experiencia previa: máximo siete puntos; formación académica: máximo cinco puntos; otros méritos: máximo dos puntos. La puntuación máxima que se puede alcanzar con la valoración de méritos es de 10 puntos. Para que puntúen, los cursos deben estar homologados por la Consejería de Educación. Sirven incluso los realizados online. Puntúa la experiencia docenta tanto en centros públicos como privados.

Un aspecto en el que también hay dudas es sobre la diferencia entre funcionarios e interinos. El documento de Comisiones Obreras despeja las incógnitas. El funcionario de carrera, tal y como recoge el Estatuto Básico del Empleado Público, es aquel que está vinculado a una Administración pública para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Es decir, ha aprobado la oposición y, además, ha conseguido plaza. El funcionario en interinidad es quien desempeña las mismas funciones que los docentes funcionarios/as pero en régimen temporal, cubriendo plazas vacantes o realizando sustituciones transitorias del titular de la plaza, lo que puede implicar cambios de puesto de trabajo frecuentes y, en función de los acuerdos alcanzados en cada comunidad, que no se tenga derecho a cobrar el verano, los trienios y/o los sexenios. Existen algunas diferencias entre los derechos de funcionarios de carrera y funcionarios en régimen de interinidad, como el cobro o no de los veranos, las licencias y permisos, etc., dependiendo de los acuerdos de cada autonomía.

A las bolsas de trabajo de interinos se accede por dos vías: Habiendo participado en un concurso oposición y no habiendo obtenido plaza, o bien participando en convocatorias específicas, que suelen publicarse cuando a las administraciones se les agotan las listas anteriores o requieren cubrir puestos vacantes o sustituciones con perfiles especiales.

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