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Condenado a dos años de cárcel por maltratar a su expareja y saltarse la orden de alejamiento

Condenado a dos años de cárcel por maltratar a su expareja y saltarse la orden de alejamiento

La relación con la víctima de Estepona, comenzó cuando ella era menor de edad

EP

Miércoles, 21 de marzo 2018, 15:28

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La Audiencia de Málaga ha condenado este miércoles a un hombre por maltratar a su expareja, coaccionarla, amenazarla y saltarse continuamente la orden de alejamiento que tenía. En total, se le ha impuesto dos años de prisión y 120 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El juicio se ha celebrado en la Sección Octava de la Audiencia y el acusado ha reconocido los hechos que se le achacaban y se ha expresado de acuerdo con las penas acordadas entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, tras lo que se ha dictado sentencia de conformidad.

El acusado, con condenas previas por maltrato y quebrantamiento, mantuvo una relación sentimental con la víctima, que residía en Estepona, que comenzó cuando ella era menor de edad. En dos ocasiones en 2008, el hombre maltrató a su excompañera sentimental.

Una de esas veces, el acusado se encontró con su expareja en la calle "y la agredió", tras lo que la llevó a su domicilio y "continuó agrediéndola", al tiempo que le decía que "la iba a matar". En la otra ocasión el hombre la golpeó, ocasionándole un derrame en el ojo derecho.

Por estos hechos se le impuso como medida cautelar la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante la tramitación de este procedimiento y en 2009, tras nuevos hechos, se le prohibió además entrar y residir en Estepona, pese a lo cual, estuvieron juntos en varias ocasiones.

Así, la madre de la mujer los vio en la playa juntos y también otro día siguió a su hija "comprobando que iba al encuentro del acusado", al que recriminó por ello, reaccionando éste mostrándole una navaja. Ya en 2011, se encontraron en una caseta del recinto ferial y el hombre la insultó, tras lo que la estaba esperando en el portal y la amenazó.

Por estos hechos, tras la modificación del fiscal, finalmente se le condena por dos delitos de lesiones y uno de amenazas en el ámbito de la violencia de género; por otro de maltrato habitual, por coacciones, por quebrantamiento de condena --éste delito con carácter continuado--; así como por un delito leve de amenazas.

Así, además de la pena de prisión y de trabajos en beneficio de la comunicado, al acusado se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima durante cinco años, la prohibición de tener armas durante cuatro años y una multa de 180 euros. Se ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de reincidencia.

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