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El Ayuntamiento de Málaga ha creado un formulario para facilitar la reclamación de la plusvalía
Los ayuntamientos, nerviosos ante la pérdida de parte del filón de la plusvalía

Los ayuntamientos, nerviosos ante la pérdida de parte del filón de la plusvalía

Mientras llega la reforma de este impuesto, los consistorios se escudan en su obligación de acatar la ley mientras calculan lo que les costará atender la cascada de reclamaciones que se avecina

Francisco Jiménez

Domingo, 26 de febrero 2017, 01:48

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Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Detrás de esta larga denominación se encuentra lo que comúnmente se conoce como la plusvalía. Para el contribuyente, un gravamen que tiene que pagar sí o sí si vende un inmueble o lo adquiere por herencia o donación, y cuya justificación reside en la revalorización del mismo. Para los ayuntamientos, un filón que, junto a otro impuesto inmobiliario, el IBI, les ha permitido paliar la caída de ingresos durante los peores años de la crisis. Un pilar que se tambalea seriamente, al menos en parte, desde que el Tribunal Constitucional declarara improcedente hace diez días el cobro de este tributo cuando no hay beneficio en la venta; es decir, que cuando uno se desprende del inmueble por menos de lo que pagó no debería pasar por caja.

¿Y por qué se viene entonces exigiendo el impuesto haya o no haya plusvalía real? Pues porque para calcular la cuota a pagar no se toma como referencia el valor real de la vivienda, sino el catastral, al que se aplican unos coeficientes que crecen en función del número de años transcurridos desde la anterior transmisión. Y el resultado de esta fórmula siempre es indefectiblemente positivo.

Cierto es que el fallo del Alto Tribunal se circunscribe únicamente a un recurso presentado contra la norma foral que regula este impuesto en el País Vasco, pero también lo es que dicha legislación autonómica es un calco de la estatal, por lo que es una mera cuestión de tiempo que el Constitucional obligue también al Gobierno a modificar la Ley de Haciendas Locales. De hecho, hay una cuestión de inconstitucionalidad sobre el mismo asunto planteada por el Juzgado de lo Contencioso número 22 de Madrid cuya resolución parece inminente.

De hecho, en el Ministerio de Hacienda ya se han puesto el parche antes que llegue la herida y sus técnicos ya están estudiando la sentencia del TC cara a determinar cómo reformular la normativa que rige este impuesto. El alcance de la reforma dependerá del veredicto el Alto Tribunal sobre la cuestión del juzgado de Madrid, ya que éste no sólo ha cuestionado la constitucionalidad de cobrar la plusvalía en los casos en los que no hay beneficio en la venta, sino también en los casos en los que hay beneficio, pero éste es inferior al que resulta de aplicar la fórmula del IIVTNU.

Los alcaldes asisten con incertidumbre a este compás de espera, conscientes del roto que puede hacer en sus cuentas la reforma de la plusvalía. Y no sólo por lo que van a dejar de recaudar de un impuesto que han exprimido al máximo, paradójicamente cuando más parado ha estado el mercado inmobiliario, sino también porque se exponen a un aluvión de reclamaciones por parte de particulares, promotoras y bandos que durante los últimos cuatro años han vendido sus propiedades por menos de lo que las compraron. Un temor más que justificado, en vista de la avalancha de consultas que están atendiendo los despachos de abogados.

Así, Martínez-Echevarría Abogados, el bufete que llevó el primer caso ganado por un contribuyente contra un ayuntamiento de la provincia (el de Fuengirola), ha atendido en apenas un mes unas 600 consultas de particulares y empresas interesados en reclamar la plusvalía. De todo estos casos, alrededor de un centenar ya están trabajándose cara a presentar demandas judiciales. «El interés por este asunto está disparado», afirma Eugenio Martínez-Echevarría, socio director del departamento de desarrollo de negocio en este despacho.

Desde Cuatrecasas también resaltan el gran número de consultas sobre la plusvalía recibidas en las últimas semanas. «Estamos notando un incremento más que notable del interés en este asunto. El teléfono echa chispas, y eso que esto no ha hecho nada más que comenzar», apunta Joaquín López Avellaneda, abogado fiscalista en este despacho.

Es un asunto que, por cierto, afecta especialmente a las promotoras inmobiliarias, que durante la crisis tuvieron que malvender o directamente entregar a los bancos promociones de viviendas o solares, enfrentándose por tal motivo a plusvalías millonarias. Prueba del revuelo que ha provocado este asunto en el mundillo empresarial es que tanto la Confederación de Empresarios como la Asociación de Constructores y Promotores de Málaga van a organizar próximamente charlas dedicadas a explicar la repercusión de la sentencia del TC y las vías existentes para reclamar este gravamen.

Mucho dinero en juego

¿Cuánto dinero está en juego? Los ayuntamientos de la provincia de Málaga recaudan aproximadamente 135 millones de euros al año con el impuesto de plusvalía, pero ningún consistorio, ni tampoco el Patronato de Recaudación de la Diputación (que tiene delegada la gestión tributaria de la plusvalía de 78 ayuntamientos que sumaron 62 millones recaudados en 2016), aclara qué parte de esa cuantía se corresponde con liquidaciones de transacciones que han conllevado pérdida de valor del inmueble. Llama la atención, eso sí, que tanto la mayoría de consistorios como el propio Ministerio de Hacienda se esfuercen por recalcar que no prevén una gran caída de la recaudación cuando las transmisiones sin beneficio queden exentas del pago del impuesto.

De tensa expectación puede calificarse la actitud actual de los ayuntamientos. A la espera de que el Tribunal Constitucional ataje definitivamente dudas, la Federación Española de Municipios y Provincias ha solicitado «aclaración sobre la situación actual del impuesto» a la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Su presidente, Abel Caballero, ha anunciado además que va a solicitar una reunión con el Gobierno para averiguar cómo piensa modificar el Impuesto. Así se expresaba esta semana Caballero: «Nosotros [los ayuntamientos] obedecemos leyes, no decidimos; seguimos y seguiremos las indicaciones del Legislativo; es el legislador quien tiene que entrar al fondo de esta cuestión. Tienen que ser técnicos, juristas y el Legislativo quienes decidan cómo proceder con las plusvalías». Asimismo, recordaba que la FEMP, a raíz de las sentencias de varios tribunales superiores de justicia que declararon la improcedencia del impuesto, viene reclamando desde hace años al Gobierno que lo reforme.

¿Las manos atadas?

La postura de la mayoría de los alcaldes consultados por este periódico coincide con la de la FEMP: reconocen que la plusvalía es un impuesto injusto tal y como está formulado, pero declaran que mientras la Ley de Haciendas Locales no se reforme, no pueden más que acatarla y, por tanto, seguir cobrando el impuesto. Sirva de ejemplo la reflexión del alcalde de Málaga, Francisco de la Torre: «Por definición, no debe pagarse plusvalía cuándo ésta no se produce, y esto es algo que debe corregirse en la legislación nacional para su aplicación local», apunta.

Pero ¿es cierto que los ayuntamientos tienen las manos atadas? ¿O podrían actuar por su cuenta y eximir del pago del impuesto en los casos en los que no hay beneficio? La respuesta de los juristas es no. «Estamos hablando de una ley estatal, así que los ayuntamientos tienen que aplicarla y no pueden cambiarla», advierte el catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la UMA, Juan José Hinojosa, quien precisa que tampoco es posible introducir algún tipo de bonificación como las que se aplican a familiares en los casos de herencias porque no están contempladas en la normativa estatal. «¿Cómo se podría bonificar algo que el Constitucional dice que no hay que pagar?», añade.

Ante esta situación, la única herramienta que tendrían los alcaldes para responder a la creciente presión social que está generando este asunto sería rebajar el tipo de gravamen que se aplica para calcular la cuota, que en la mayoría de grandes localidades de la provincia se sitúa o roza el máximo legal (30%). Una opción que se cae por su propio peso puesto que afectaría no sólo a los casos de venta sin beneficio sino a todas las transmisiones de inmuebles y, por tanto, generaría un enorme agujero en las arcas municipales. La otra sería aún más drástica y más descartable aún por idénticas razones: dejar de cobrar el impuesto, una posibilidad real al tratarse de un tributo potestativo pero que, por motivos obvios, ningún gran municipio contempla.

En unos municipios es más fácil recuperar la plusvalía que en otros

  • La facilidad para reclamar la devolución de una plusvalía ya pagada en el pasado no es la misma en todos los municipios, ya que las vías y los plazos para hacerlo son diferentes según el sistema de liquidación de este impuesto que tenga establecido el ayuntamiento en cuestión. Cuando el sistema es de autoliquidación es decir, cuando el contribuyente es el que calcula la cuota a pagar, como ocurre en Málaga capital, Mijas o Fuengirola existe un plazo de cuatro años para solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada y la devolución del impuesto pagado. Sin embargo, cuando el sistema es de liquidación es decir, cuando es el Ayuntamiento el que presenta al contribuyente la factura fiscal la cosa se complica, ya que cuando pasa un mes desde que el Consistorio practica la liquidación, ésta se vuelve firme. «Este supuesto reviste cierta complejidad, ya que habrá que analizar la posibilidad de acudir a un recurso extraordinario», explica Joaquín López Avellaneda, abogado fiscalista de Cuatrecasas. Y es que dichos recursos extraordinarios sólo se pueden presentar en unos supuestos «muy tasados», así que habría que afinar mucho la argumentación legal para que el Ayuntamiento no le cierre la puerta. Este sistema de liquidación rige, por ejemplo, en Marbella.

Llegados a este punto, desde el Consejo Notarial de Andalucía van un paso más allá y cuestionan incluso la existencia de este impuesto. «Si ya se ha pagado por la adquisición de la propiedad y todos los años se abona el IBI, incluir otro impuesto que grava la propiedad me parece excesivo e inapropiado; y para los supuestos en los que no hay incremento del valor es absolutamente injustificado e incoherente porque al no haber ganancias no hay un hecho imponible por el que se tenga que pagar», remarca el representante de los notarios en la provincia, Ramón Blesa.

Consideraciones al margen, la realidad a día de hoy es que los ayuntamientos no tienen claro qué ocurrirá con las plusvalías. Tampoco de cómo proceder ante las reclamaciones de contribuyentes que, en número cada vez mayor, les llegan por vía administrativa. ¿Darles la razón y devolverles lo cobrado, contradiciendo así la normativa aún vigente y provocando un efecto llamada? ¿O seguir rechazándolas y traspasándolas a la vía judicial, donde, vista la jurisprudencia del TSJA y el TC, los afectados tienen muchas probabilidades de ganar?

A este dilema se suma otra incertidumbre: los consistorios no saben si, una vez reformado el impuesto, el Estado les compensará por el dinero que dejarán de percibir, tal y como ocurrió en 2003 con la supresión del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a empresas que facturen menos de un millón de euros. Los alcaldes, como es lógico, defienden esta postura. De hecho, De la Torre considera que este es un «buen momento» para abordar un cambio en la financiación local que la FEMP lleva años demandando. No obstante, los juristas tienen serias dudas sobre esa supuesta obligación del Estado de compensar a los consistorios, ya que en este caso no se trata de suprimir un tributo, sino de reformarlo por imperativo del Tribunal Constitucional.

«Hay muchas dudas sobre la sentencia y tampoco sabemos hasta qué punto el Gobierno va a modificar la ley, así que lo único que cabe es esperar y recibir la documentación que los ciudadanos nos puedan aportar para reclamar», resume el gerente del órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Málaga, Juan Manuel Ruiz Galdón. En este sentido, cabe reseñar que la entidad municipal ya ha puesto a disposición del contribuyente un formulario (disponible en sus oficinas de Tabacalera o en la web gestrisam.malaga.eu) para reclamar la devolución del impuesto. Lo cual no significa que vaya a responder positivamente a estas solicitudes, salvo que el Gobierno o un juez le indiquen lo contrario.

Han colaborado en esta información : H. Barbotta, E. Cabezas, V. Melgar, A. J. Guerrero, A. Gómez, L. Pavón y F. Torres.

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