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El Supremo anula la condena que impuso la Audiencia Provincial de Málaga.
El Supremo anula una condena de seis años por una violación que un penado no cometió en Málaga

El Supremo anula una condena de seis años por una violación que un penado no cometió en Málaga

El ADN demuestra que el verdadero agresor es otro hombre, que está preso en el Reino Unido

Montse Martín

Miércoles, 10 de febrero 2016, 16:04

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El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de revisión interpuesto por el ciudadano holandés Romano Liberto Van Der Dussen y anula la condena de 6 años y 6 meses de cárcel que le impuso la Audiencia de Málaga por una de las tres violaciones ocurridas en Fuengirola en 2003 por las que fue condenado, y por las que cumple condena desde hace 12 años. La sentencia se basa en un informe de la Policía Científica sobre una prueba de ADN que apunta que el verdadero agresor fue un ciudadano británico ya condenado por violar y asesinar a una joven y que está preso en el Reino Unido.

Dicho informe revelaba que en los restos celulares de un peine de carey se había obtenido una mezcla de, al menos, dos perfiles genéticos, compatibles para los marcadores analizados, con el perfil de Mark Philip Dixie, preso en Reino Unido, y una de las víctimas de las violaciones ocurridas en Fuengirola en 2003.

Los magistrados indican que los resultados de las nuevas pruebas genéticas aportan datos nuevos y posteriores a la sentencia y, en este sentido, afirman que la prueba de ADN tiene un carácter técnico e identificador de superior valor que las pruebas en que la sentencia de la Audiencia Provincial se basó y que era la declaración de una vecina que reconoció en el juicio al acusado sin duda alguna como al hombre al que vio ese día en las inmediaciones de su domicilio.

Nueva prueba

De acuerdo con el Ministerio Fiscal, la Sala indica que se encuentra ante una nueva prueba , el resultado de las pruebas de ADN realizadas sobre los perfiles genéticos hallados, que con una técnica más precisa y avanzada permite una mayor certeza en la identificación que en este caso excluye la participación del ciudadano holandés en el delito de agresión sexual cometido, lo que evidencia su inocencia, sin perjuicio de que se incoe causa contra Mark Phlip Dixie, preso en el Reino Unido.

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