Borrar
En este primer semestre, los malagueños están llamados dos veces a las urnas.
Guía para no perderse en el calendario electoral

Guía para no perderse en el calendario electoral

Las fechas claves sobre los comicios autonómicos de marzo y los municipales de mayo

Antonio M. Romero

Viernes, 30 de enero 2015, 18:52

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

En este primer semestre del año, los malagueños están llamados a las urnas en dos ocasiones: el 22 de marzo para las elecciones autonómicas que elegirán el nuevo Parlamento regional y el 24 de mayo en los comicios municipales para la renovación de los 103 ayuntamientos de Málaga y la Diputación Provincial. Un calendario fuertemente marcado por la política en el que a continuación se ofrece una guía para no perder las fechas claves establecidas por la normativa electoral.

Elecciones autonómicas

-Fecha de celebración: domingo 22 de marzo.

-Solicitud de voto por correo: del 27 de enero al 12 de marzo.

-Exposición por los ayuntamientos de las listas electorales vigentes: del 2 al 9 de febrero.

-Publicación de candidaturas de los partidos políticos: del 11 al 16 de febrero.

-Campaña electoral: del 6 al 20 de marzo.

-Prohibición de difusión de sondeos: del 17 al 22 de marzo.

Elecciones municipales

-Fecha de celebración: domingo 24 de mayo.

-Fecha en la que se convocarán las elecciones: 31 de marzo.

-Solicitud de voto por correo: del 31 de marzo al 14 de mayo.

-Publicación de candidaturas de los partidos políticos: del 15 al 20 de abril.

-Campaña electoral: del 8 al 22 de mayo.

Prohibición de inauguraciones

El artículo 50 de la Ley de Régimen Electoral prohíbe que desde la convocatoria de elecciones -en el caso de las andaluzas se convaron el pasado 27 de enero y en las municipales se convocarán el 31 de marzo- y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones. Asimismo, durante el mismo periodo queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras y servicios públicos o proeyctos de actos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo.

Dadas estas prohibiciones, las administraciones públicas (Gobierno central, Junta de Andalucía, Ayuntamientos y Diputación Provincial) sólo cuentan con el periodo entre el 23 y el 30 de marzo para hacer inauguraciones oficiales.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios