Secciones
Servicios
Destacamos
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Viernes, 29 de diciembre 2017, 00:35
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
La jueza del Juzgado de Menores número 2 de la capital acaba de dictar sentencia sobre el crimen de Arroyo de los Ángeles. En la resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, se condena al joven procesado en este caso a ocho años de internamiento por matar a puñaladas al cliente de un pub al que no le dejaron entrar.
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 13 de noviembre del año pasado. Sobre las 03.15 horas, el procesado, que entonces era menor de edad –tenía 17 años–, se dirigió a una discoteca situada en la zona de Arroyo de los Ángeles de la capital acompañado por otras dos personas.
Sin embargo, como no llevaban el DNI, el portero del establecimiento no les dejó entrar al local. La víctima se encontró con la situación. El hombre, que tenía 44 años, había salido en ese momento a tomar el aire y se encontraba en la entrada, «siendo evidente su estado de embriaguez y afectación por consumo de sustancias estupefacientes».
Al ver la conversación con los jóvenes, el fallecido se puso a favor del portero, tomando partido y hablando con la pretensión de hacerles comprender que no podían entrar si no tenían documentación y que algunos eran menores. Su intervención les contrarió.
Entonces, uno de los jóvenes que iba en el grupo, el más mayor, se puso frente a la víctima con intención de discutir. Siempre según se recoge en la sentencia dictada por la titular del juzgado de menores, el fallecido entró en el juego y se puso frente a él.
Fue en ese momento cuando el acusado en este caso procedió, «de forma totalmente sorpresiva y con intención de acabar con la vida» de este hombre, a asestarle cinco puñaladas con un arma blanca, «sin darle opción a defenderse».
La víctima presentaba cuatro heridas de arma blanca en la espalda y otra en la región pectoral derecha. La agresión, entre otras lesiones, le alcanzó el pulmón y el corazón. En la resolución judicial se explica que todas las heridas, por si solas, pudieron causarle la muerte al fallecido por afectar a estructuras y órganos vitales.
Al respecto, la resolución judicial, que se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Málaga, indica que las heridas le ocasionaron al cliente del pub aquella noche una hemorragia interna por la que acabó perdiendo la vida.
La jueza considera que estos hechos son constitutivos de un delito de asesinato con alevosía. Además de la citada pena de internamiento, le impone otros cinco años de libertad vigilada, así como el deber de indemnizar a la madre del fallecido con 40.000 euros y a cada uno de los tres hermanos de la víctima con 15.000.
La pena impuesta coincide con la calificación de los hechos que hicieron la Fiscalía y la familia del fallecido, que se personó como acusación particular en este proceso judicial, siendo representada por el abogado Gonzalo Pérez Cerezo. Ambas partes insistieron en que los hechos eran constitutivos de un delito de asesinato y pidieron un pena de ocho años de internamiento y cinco de libertad vigilada para el procesado.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.