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Al volante de un Seat Ibiza entró en Pasillo de Santa Isabel
Un año para un conductor ebrio que atropelló a dos personas en una procesión de Málaga

Un año para un conductor ebrio que atropelló a dos personas en una procesión de Málaga

El procesado estaba bajo los efectos de la «ingesta incontrolada» de bebidas alcohólicas y casi cuadruplicó la tasa permitida

Alvaro Frías

Sábado, 21 de enero 2017, 01:01

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Al volante de un Seat Ibiza arrasó con la solemnidad de una procesión en plena Semana Santa. Completamente ebrio llegó a atropellar a dos personas y a atravesar el desfile procesional hasta que acabó siendo detenido por agentes de la Policía Local. Ahora, la Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la condena a este hombre, al que se le impuso una pena de un año de prisión. Los hechos tuvieron lugar en pleno Jueves Santo de 2014, ya de madrugada. En la sentencia dictada en primera instancia se explica que el conductor circulaba por la calle San Lorenzo de la capital con las facultades psicofísicas alteradas.

El motivo no era otro que la «abundante ingestión de bebidas alcohólicas». Así, tras golpear un bolardo colocado para cortar el tráfico con motivo de la Semana Santa, el procesado se introdujo al volante del vehículo en una zona reservada al tránsito peatonal llegando a atropellar en la calle Pasillo de Santa Isabel a una mujer y a su hija menor de edad.

Tras el atropello, el hombre continuó con la marcha cruzando un desfile procesional que atravesaba en esos momentos la zona. Finalmente, los agentes de la Policía Local de Málaga consiguieron detenerle en la calle Calzada de la Trinidad, cuando circulaba en sentido contrario.

Él mismo aceptó someterse a la prueba de alcoholemia, en la que arrojó un resultado de 0,96 miligramos de etanol por litro de aire espirado, lo que supone que casi cuadruplicó el nivel permitido para ponerse al volante. Mientras tanto, las víctimas del atropello fueron asistidas, aunque su estado no revestía de gravedad.

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 9 de la capital le impuso la citada pena de prisión, además de la prohibición de conducir durante tres años al considerarle autor de un delito de conducción temeraria. El procesado, no conforme, decidió recurrir esta resolución judicial, entre otros aspectos, pidiendo que se le aplicase la eximente incompleta de enajenación mental.

Siempre según se recoge en la sentencia, los magistrados de la Audiencia insisten en que «no existe prueba alguna» que permita acreditar este aspecto. Afirman que el procesado ocasionó un «grave accidente y atropello» como consecuencia de circular en un coche bajo los efectos de la «ingesta incontrolada de bebidas alcohólicas» por una zona «concurridísima», sorteando viandantes y atropellando a dos personas «en su imprudentísimo deambular». Así, confirman íntegramente la resolución dictada por el Juzgado de lo Penal.

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